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Zenarruzabeitia y los tres diputados generales en febrero, cuando la UE analizó la fiscalidad vasca. [EFE]
El Supremo confirma que Euskadi puede tener tributos distintos a los del Estado
ECONOMÍA

El Supremo confirma que Euskadi puede tener tributos distintos a los del Estado

Emite otra sentencia que contradice la decisión que adoptó a finales de 2004 al ilegalizar el Impuesto de Sociedades

MANU ALVAREZ

Martes, 15 de abril 2008, 09:24

BILBAO. DV. El Tribunal Supremo ha emitido una nueva sentencia en la que admite la posibilidad de que el País Vasco pueda contar con normas fiscales distintas a las del Estado, de acuerdo con la doctrina más reciente fijada por los órganos judiciales de la Unión Europea. Es la segunda decisión en esta misma línea, crea por tanto jurisprudencia sobre la materia y supone, en la práctica, una contradicción radical con la decisión que el propio Supremo adoptó a finales de 2004, al declarar ilegal el Impuesto de Sociedades del País Vasco por sus diferencias con el que estaba vigente entonces en el resto del Estado.

El origen de esta sentencia del Supremo hay que buscarlo en uno de los numerosos procesos judiciales abiertos contra el Impuesto de Sociedades vasco -en este caso concreto sobre la norma de Vizcaya- y en el recurso que el Gobierno de La Rioja presentó para que se paralizase su aplicación.

Un nuevo recurso

La Diputación foral vizcaína, la Cámara de Comercio de Bilbao y la patronal Confebask apelaron al Alto Tribunal para que admitiese que la UE ha abierto la puerta a la existencia de regímenes fiscales diferenciados dentro de un mismo Estado, lo que encajaría perfectamente con la situación que se vive en el País Vasco gracias al Concierto Económico. Aunque con el voto particular en contra de uno de los magistrados, el Supremo ha admitido ahora de nuevo -ya lo hizo por primera vez a finales de 2007- que efectivamente eso es cierto, que los tribunales de la UE admiten al menos desde una concepción teórica la existencia de normas fiscales distintas dentro de uno de los países miembros.

Se sustenta el argumento en la conocida como 'sentencia Azores' del Tribunal Europeo, que fijaba tres condiciones claras para permitir esta convivencia armoniosa de normas fiscales distintas sobre la fiscalidad de las empresas: el encaje constitucional de la competencia; la autonomía en la toma de las decisiones y la autosuficiencia financiera que se derive de las mismas. Condiciones que, salvo visiones extraordinariamente críticas -como las que sostiene la Comisión Europea-, parecen encajar a la perfección en el Concierto Económico y en el reparto competencial que deja en manos de las diputaciones forales la capacidad normativa fiscal.

La nueva sentencia del Supremo permite extraer dos consecuencias prácticas. La primera, que queda prácticamente descartada la posibilidad de que los jueces puedan adoptar medidas cautelares contra la fiscalidad vasca, al menos hasta que exista un pronunciamiento definitivo por parte de la corte comunitaria. La segunda, que la pelota sobre la capacidad normativa de las diputaciones en materia fiscal queda definitivamente en manos del Tribunal de Luxemburgo, porque así lo admite el Supremo en su sentencia.

Optimismo

Así las cosas, el pronunciamiento del Alto Tribunal refuerza aún más la importancia de la sentencia que debe dictar en los próximos meses la Corte luxemburguesa y sobre la que las autoridades vascas se muestran optimistas.

La Diputación de Vizcaya no dudó ayer en calificar de «muy positiva» la sentencia del Supremo, ya que acaba definitivamente con las «suspensiones cautelares» de las normas fiscales hasta que exista una resolución definitiva sobre el fondo del asunto. Además, resalta el hecho de que el tribunal español haya puesto su mirada en la Corte de Luxemburgo para analizar la validez de las normas. En la sentencia del año 2004, el Supremo se adjudicaba la capacidad para interpretar la legislación comunitaria al concluir que las empresas vascas se beneficiaban de «ayudas de Estado» por tener un Impuesto de Sociedades más reducido.

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