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MARIAN GONZÁLEZ
Jueves, 11 de febrero 2016, 00:06
Los locales de ocio para jóvenes ya existentes tienen hasta el 5 de febrero de 2017 para regularizar su situación y obtener la necesaria licencia de actividad clasificada, mientras que los nuevos deberán abrirse ya ajustándose a la nueva normativa.
Requisitos.
Los propietarios de locales de ocio juvenil deberán solicitar licencia de actividad clasificada. También, se exigirá certificación expedida por técnicos competentes que acrediten que la actividad y las instalaciones se adecúan al proyecto y a la documentación técnica y que cumple toda la normativa en vigor aplicable. Otros requisitos necesarios son contar con una memoria técnica redactada por profesional habilitado y competente. En el caso de haber realizado obras con proyecto, se aportará liquidación y certificado final de obra. También se acreditará la suscripción de una póliza de seguro de responsabilidad civil, que deberá presentarse todos los años, y los datos de los responsables del local, junto a un contrato firmado por la personas propietarias y usuarias. Si fueran menores de edad se incluirán los de datos de sus tutores legales.
Horarios y ruidos.
La ley vigente es la 37/2003, que prohíbe superar los 40 decibelios de 8.00 a 23.00 horas, y los 30 decibelios de 23.00 a 7.00. Hay que ser cuidadoso con el volumen de la música, la tv etc.. actuando como en casa, es decir, evitando ruidos que quebranten la convivencia y el descanso de los vecinos.
Limpieza e higiene.
Local en buenas condiciones para la salud. Conviene que haya botiquín de primeros auxilios y material de limpieza. Obligatorio que haya baño y al menos una toma de agua.
Seguridad.
No se podrá cocinar, ni hacer fuego (los locales podrán contar con microondas o frigorifico, pero no está permitido instalar cocinas, hornos, freidoras o planchas, nin ningún electrodoméstico que exija extraer o filtrar humos, salvo que el local cuenta con extractor de humos exclusivo). No se podrá almacenar material o líquidos inflamables. Obligación de contar con extintores e instalación eléctrica certificada, y prohibición expresa de tener bombonas de butano.
Convivencia.
Cuidar el entorno del edificio e intentar tener una buena relación con los vecinos. Animan a participar en las juntas de las comunidades y conocer al administrador.
Prevención e igualdad.
Prevención e igualdad. Se invitará a no fumar y reflexionar sobre el consumo de alcohol y la ley de adicciones. También a poner fin a actitudes sexistas e impulsar actitudes y medidas de igualdad.
Sanciones.
Van desde el apercibimiento o advertencia, la clausura temporal de las instalaciones o el cierre definitivo de locales con multas desde 100 euros en las infracciones más leves, hasta los 3.000 en infracciones muy graves.
El pleno de la Corporación ha aprobado definitivamente la ordenanza realizada para regular y normalizar un fenómeno social emergente, y encauzar a través de un protocolo de intermediación los problemas de convivencia que pudieran surgir. El escaso acondicionamiento de algunos locales, las quejas o problemas con los vecinos, y las condiciones de uso, han dado lugar los últimos años a un buen número de denuncias.
La problemática era compleja, y «con el objeto de buscar un acercamiento y un diálogo, contextualizar la situación, reflexionar y debatir», se abrió un proceso participativo dinamizado por Aztiker que reconoció «la importancia que los locales para jóvenes tienen como fenómeno social», y trabajó «el contenido de los criterios de convivencia a implantar».
Fruto de este trabajo es una guía que recoge las pautas, consejos y compromisos necesarios para que los jóvenes disfruten de locales para su ocio, en armonía con los vecinos y propietarios de estos inmuebles. Y también, la ordenanza reguladora que acaba de entrar en vigor, la herramienta que marca la hoja de ruta a la que deberán ajustarse todas la partes implicadas, las obligaciones y sanciones.
El Ayuntamiento no ha querido dejar flecos sueltos y en la última revisión ratificada en pleno se añadió a la larga lista de requisitos exigidos «la necesidad de presentar el justificante de la renovación de la póliza del seguro del local anualmente, que haya una distancia mínima de 20 metros entre los locales y cualquier establecimiento de hostelería, así como la prohibición expresa de utilizar bombonas de butano».
La publicación de la ordenanza en el boletín fija en un año el plazo «para que los locales que estén funcionando con anterioridad a la entrada en vigor de la ordenanza y carezcan de permiso, presenten la declaración responsable y la documentación exigida». Deja claro también que «a los locales regularizados en ese plazo no se les aplicará la condición relativa a la ubicación y la distancia que tiene que haber entre locales, siempre que el ayuntamiento tuviese conocimiento previo del funcionamiento».
Desde que arrancó el proceso participativo en diciembre de 2014, se ha hablado mucho sobre las características y condiciones que deben cumplir los locales de ocio juvenil, tanto en el ámbito urbanístico y arquitectónico, como en materia de prevención de incendios, sanitaria, ambiental y de uso de los mismos.
En el gobierno municipal tienen claro que los locales son un fenómeno social en auge, que requerían una regulación. «Queremos garantizar el derecho de los jóvenes a reunirse, está claro que son espacios autogestionados y privados, pero deberán cumplir unas condiciones de seguridad, salubridad y bienestar», explicaron cuando se presentó la guía, la teniente de alcalde Nerea Zubia y el técnico de juventud Ion López, recordaron la desgracia ocurrida en Elorrio.
La ordenanza contempla condiciones de edificación, urbanísticas y arquitectónicas, así como de prevención contra incendios, sanitarias y ambientales, de transmisión de ruidos y vibraciones, y condiciones de uso. La altura del local, por ejemplo, no deberá de ser inferior a 2,50 metros y la superficie útil mínima será de 20 metros cuadrados.
Los locales deberán disponer además de medios de protección contra incendios, y el aforo respetará la ocupación máxima de una persona por cada dos metros cuadrados.
El local asimismo deberá contar con ventilación e iluminación y los niveles de ruido no deberán superar los máximos establecidos en la ordenanza vigente sobre contaminación acústica: 40 decibelios de 8 a 23.00 horas, y 30 decibelios de 23.00 a 7.00 horas. «Se trata de trasmitir la idea de que en en este tipo de locales hay que actuar como en casa, sin molestar a compañeros y vecindario, porque los ruidos, sobre todo nocturnos, son la principal fuente de conflictos con lo s vecinos», han explicado desde el gobierno municipal.
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