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Viernes, 26 de diciembre 2014, 00:14
Un juzgado de Barcelona ha anulado la compra de participaciones preferentes y deuda subordinada por un importe de más de 76.000 euros que realizó una clienta de CatalunyaBanc por indicación de su hijo, empleado de la propia entidad. El juez cree que la información sobre el producto era insuficiente.
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