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Jueves, 26 de junio 2014, 12:05
El Parlamento Vasco ha aprobado este jueves la ley que obliga a los cargos públicos a declarar las actividades llevadas a cabo dos años antes de su mandato y también durante los dos ejercicios posteriores a abandonar su responsabilidad política, en este caso junto con la de bienes.
El pleno ha respaldado por unanimidad el grueso del dictamen aprobado en comisión en el Parlamento sobre la ley reguladora del código de conducta del cargo público y de su régimen de incompatibilidades.
Todos los grupos han valorado el alto grado de acuerdo logrado para conseguir una "buena ley" que establece "más controles" para "impedir que nadie busque en la política beneficios económicos".
El texto aprobado actualiza la normativa vigente, de 1981, y obliga a los cargos públicos a hacer una declaración de las actividades que hayan llevado a cabo dos años antes de acceder a su responsabilidad pública y también durante los dos años posteriores a cesar en su puesto. Esta última obligatoriedad se aplicará a los cargos nombrados con posterioridad a la entrada en vigor de la ley.
Además, tendrán que declarar todos los bienes, derechos y obligaciones patrimoniales antes de desempeñar el cargo, una vez que lo dejen y también durante dos años tras abandonar el puesto.
Estos datos sobre los bienes tendrán un carácter reservado y podrán acceder a ellos los consejeros, el Parlamento vasco, los órganos judiciales y el Ministerio Fiscal.
Aplicable a todos los cargos públicos
La ley se aplicará al conjunto de cargos al servicio del sector público de la Comunidad Autónoma Vasca, entre los que se incluye el lehendakari, los consejeros, viceconsejeros y personal directivo, el Ararteko y su adjunto, así como los miembros del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, entre otros.
Las diputaciones forales y los ayuntamientos se regirán por sus propias normativas, aunque sí que estarán afectadas por algunos artículos de la ley.
Las personas afectadas por esta norma deberán tener "dedicación exclusiva" a su cargo, salvo en algunas excepciones pero en todo caso sólo podrán recibir una retribución pública.
Durante los dos años siguientes al abandono de su cargo, no podrán prestar ningún tipo de servicio ni mantener relación laboral o mercantil con las empresas, sociedades o cualquier otra entidad de naturaleza privada con las que hubiera tenido relación directa desde su puesto.
Tampoco podrán tener, ni los cargos, ni sus parejas, ni sus hijos, participaciones directas o indirectas superiores a un 10 % en empresas que tengan conciertos o contratos con el sector público.
La ley divide las infracciones en muy graves, como presentar declaraciones falsas; graves, entre ellas no presentar esos documentos; y leves, como incumplir los plazos para registrarlos. La sanción por falta muy grave conllevará su destitución, la pérdida del derecho a percibir la totalidad o parte de la pensión o indemnización, y la inhabilitación para ocupar otros cargos públicos durante un periodo de entre cinco y diez años. Si pudiesen ser susceptibles de delito, la Administración deberá ponerlas en conocimiento de la Fiscalía.
La norma aprobada este jueves entrará en vigor tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. El Gobierno Vasco deberá ahora elaborar un Catálogo de Cargos Públicos afectados por la ley, que será permanentemente actualizado y accesible para la ciudadanía.
Ana Otadui (PNV) ha asegurado que la norma es un instrumento para recuperar la confianza de la ciudadanía en los políticos y ha deseado de que el alto grado de consenso logrado con esta ley se traslade a otros ámbitos.
Laura Mintegi (EH Bildu) ha explicado que el objetivo de esta norma es no dejar "ningún resquicio a la corrupción", mientras que Idoia Mendia (PSE) ha destacado que ahora existe un instrumento de control mejor.
Borja Sémper (PP) ha dicho que la ley garantiza elementos de transparencia en el ejercicio de la función pública y Gorka Maneiro (UPyD) se ha mostrado "relativamente satisfecho" con el contenido de la norma
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