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Pleno de la Corporación en el que Sánchez Gastañares aún ejercía de secretario. [MADINABEITIA]
LEGAZPI / Declarada nula la sanción de un año sin empleo y sueldo impuesta al secretario
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LEGAZPI / Declarada nula la sanción de un año sin empleo y sueldo impuesta al secretario

En la sentencia se argumenta la caducidad de la tramitación del procedimiento La Diputación Foral lo cesa de su cargo como funcionario interino

TERE MADINABEITIA

Viernes, 25 de mayo 2007, 04:37

LEGAZPI. DV. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de San Sebastián ha dictado esta semana una sentencia por la que declara que la sanción de un año de suspensión de empleo y sueldo impuesta al secretario municipal del Ayuntamiento de Legazpi, Iñaki Sánchez Gastañares, es contraria a derecho y, en consecuencia, la anula. Reconoce, así mismo, que el secretario tiene derecho a volver a su puesto de trabajo y a la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.

Esta sentencia responde al recurso contencioso-administrativo interpuesto por el propio Iñaki Sánchez Gastañares contra la resolución dictada el 13 de marzo de 2006 por el Ayuntamiento, por la que se le imponía una sanción de 12 meses de empleo y sueldo como autor de una falta grave a un superior, en este caso el alcalde.

Entre los argumentos esgrimidos por Sánchez Gastañares en su recurso, la titular del Juzgado ha estimado el primero de ellos, que es el de la caducidad del procedimiento, no pasando a analizar los siguientes, que eran nulidad por deber de abstención del alcalde, nulidad de la designación del instructor, incompetencia del órgano sancionador, incorrecta calificación de la infracción, falta de proporcionalidad y vulneración del derecho de defensa.

La sentencia establece un plazo de 15 días para que pueda presentarse el recurso de apelación.

Cesado por la Diputación

Ante esta sentencia, el Ayuntamiento ha emitido un comunicado en el que informa textualmente que «la Diputación Foral de Gipuzkoa ha procedido a disponer el cese de Don Iñaki Sánchez Gastañares como funcionario interino del puesto de secretaría del Ayuntamiento de Legazpi, por estar prestando sus servicios en la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi».

Continúa el comunicado explicando que Sánchez Gastañares está trabajando en Lakua desde el 7 de marzo de 2007, y que haber accedido a dicho puesto de trabajo supone automáticamente la pérdida del que ocupa interinamente en el Ayuntamiento de Legazpi, ya que se trata, el del Gobierno Vasco, de un puesto de trabajo que exige la declaración de la situación administrativa de servicios especiales o excedencia voluntaria, requisitos que no ha cumplido.

Con relación a la sentencia sobre la sanción, el Ayuntamiento manifiesta que «ha sido propiciada por una cuestión formal, sin entrar a valorar el fondo del asunto, al considerar el Tribunal que el instructor nombrado en su día por la Diputación, ha tardado 18 días más que los 12 meses establecidos para instruir y resolver el expediente». Asimismo, comunica que interpondrá recurso de apelación, «esperando que una vez más, quede demostrada la razón del Ayuntamiento».

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