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BENITO URRABURU
Miércoles, 9 de febrero 2011, 10:33
La situación de Alberto Contador parece complicarse según transcurren los días. Finalizado el plazo de diez días que el de Pinto tenía para presentar alegaciones a la propuesta de sanción del Comité de Competición de la Federación Española de ciclismo, se ha conocido el informe presentado por el citado organismo sobre su caso. Están a la espera de estudiar esas últimas alegaciones del ciclista que no variarán de forma sustancial lo que ya ha quedado decidido.
La juez instructora del Comité de Competición de la Federación, Carmen Victoria López Muñoz, explica en su informe, entre otras cosas, que Alberto Contador no sólo dio positivo con clembuterol el 21 de julio, segundo día de descanso en el Tour, sino que también lo hizo en otras tres ocasiones.
En el expediente se dice que «Contador fue sometido a siete controles consecutivos durante el Tour 2010, en los que se obtuvo un resultado negativo para clembuterol en las muestras de orina de los días 5, 12, 19 y 20 de julio, produciéndose el resultado positivo que da lugar a la incoación del presente expediente los días 21 de julio de 2010 (50gm/ml), 22 de julio (16 pg/ml), 24 de julio (7pg/ml) y 25 de julio (17 pg/ml)», según publicó ayer el diario 'Marca'.
Lo que más llama la atención en esos cuatro positivos es que el resultado del último sea superior al penúltimo. Sobre esa cuestión, el director del Laboratorio de Madrid, Jesús Muñoz Guerra, asegura en su informe que «un repunte de concentración de clembuterol de 7 a 17 picogramos puede ser debido al error de estimación de la concentración más que a una segunda microdosis».
El lunes finalizó el plazo de diez días del que disponía Contador para presentar sus alegaciones a la propuesta de sanción del Comité de Competición de la Federación Española. Esa propuesta de sanción es de un año, del 26 de agosto de 2010 al 26 de agosto de 2011, lo que le hace perder el Tour de Francia y no poder correr la Vuelta a España de este año, además de las respectivas multas de 900 euros, 2.500 francos suizos y 500 euros en aplicación de distintos artículos del reglamento de la UCI.
En un principio se pensaba que la sanción comenzaría a contar desde el 24 de julio. Por seis días no podrá correr la Vuelta, lo que complica más su situación.
Una sola ingesta
Jesús Muñoz Gurrea también dice que «atendiendo a la cinética de excreción, el caso se puede corresponder con una única ingesta el día 21 de julio y con un tiempo de eliminación normal del clembuterol de tres días».
Aunque los positivos fueran cuatro, se consideran como sólo uno, entre otras razones porque Contador es de los pocos corredores del mundo que en una prueba como el Tour, al ser líder o estar casi siempre delante, pasa controles casi todos los días.
Los informes que han elaborado la UCI y el AMA dicen que en 2008 se realizaron en Europa un total de 286.748 análisis a animales y sólo en uno, en Italia, se encontraron restos de clembuterol. Según ese mismo informe de los citados organismos internacionales, la carne que comió Contador provenía de España y, por lo tanto, no era de importación.
También indica el informe que «para que Contador hubiera dado un resultado adverso por clembuterol en unos niveles de 50 pg/ml, tenía que haber ingerido carne de ternera altamente contaminada y sacrificada contra toda lógica poco después de la última administración de clembuterol».
Sobre ese mismo apartado abunda el informe que afirma que «esto tiene que verse en el contexto de que la carne proviene de un país de la UE, donde el uso de clembuterol está prohibido, donde los controles veterinarios son frecuentes. Y ni en la carnicería donde se compró la carne, ni sus proveedores, que han sido identificados, tienen ningún caso de clembuterol conocido».
Sólo 97 reses analizadas
Entre los informes que aportó Contador había uno de de la profesora María José Pérez-Fructuoso, en el que se afirma que «para que el nivel de confianza fuera del 95% y el error de predicción del 1%, se deberían haber analizado en el País Vasco 8.586 reses en 2007, lo que contrasta con las 97 reses que efectivamente se analizaron dicho año. Con la muestra de reses analizadas, la probabilidad de que los controles realizados en la Comunidad Autónoma del País Vasco detecten una res contaminada con clembuterol es extremadamente baja: del 0,001221 en 2007».
Hay más datos de los expertos que presentó Alberto Contador, como los profesores Douwe de Boer y Giuseppe Banfi, los doctores Tomás Martín Jiménez y Antonio Campos Gutiérrez, además del catedrático Julio Cortijo Jimeno, en los que se intenta demostrar que su pasaporte biológico no muestra alteraciones significativas esos días.
Se hace hincapié en que el nivel de clembuterol encontrado no mejora el rendimiento ni daña la salud, que la tesis de la microtransfusión sanguínea es improbable y científicamente indefendible y, por el contrario, que la contaminación alimentaria es perfectamente posible en las cantidades encontradas.
La instructora estima que, pese a los numerosos informes científicos aportados por la defensa de Contador, el corredor «debería de acreditar y no ha acreditado no sólo que ingirió esa carne concreta, sino que ésta contenía tales sustancias prohibidas».
Eso es algo, para desgracia de Contador, que sólo se podría demostrar con algún resto del solomillo que consumió. La instructora se pregunta las razones por las que «Contador no ha interpuesto denuncia alguna ante la autoridad competente frente a quien pudo adulterar la citada carne, cuando es un delito tipificado en el Código Penal Español.
Carmen Victoria López Muñoz, la instructor, se queja de la falta de colaboración de la AMA y, principalmente, de la UCI «en relación a las complejas cuestiones médicas y científicas planteadas en este caso».
Aplicar el reglamento
Finalmente, en su informe la instructora afirma que teniendo en cuenta todos los argumentos y aplicando el código AMA y el reglamento de la UCI, determina que «la negligencia del ciclista no fue significativa porque la mera presencia de la sustancia en el organismo no conlleva una vulneración del fair play de la competición».
Ésa es la razón por la que en vez de dos años de sanción sólo se solicite uno, junto a las multas correspondientes estipuladas en el reglamento de la UCI.
Una vez que la resolución del Comité de Competición de la Federación Española resulte definitiva, quedará por ver lo que decide hacer el corredor, que siempre ha dicho -lo volvió a dejar muy claro en su última rueda de prensa- que reclamará ante el TAS (Tribunal de Arbitraje del Deporte) la sanción de un año que le han impuesto.
Esa reclamación supone un riesgo para el corredor puesto que podrían castigarle con dos años, aunque en su caso, si no reclama él lo harán la UCI y el AMA. Por lo tanto, se encontraría en la misma situación haga lo que haga.
Todo se decidirá finalmente en Suiza, ante un tribunal independiente que será quien tenga la última palabra sobre este asunto, que lleva alargándose desde hace siete meses.
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