Borrar
Carlos Aguirre, consejero vasco de Economía y Hacienda. :: EFE
La nueva ley plantea suprimir el rescate a los 10 años en las futuras EPSV de empresa
ECONOMÍA

La nueva ley plantea suprimir el rescate a los 10 años en las futuras EPSV de empresa

Los jubilados no podrán seguir aportando, salvo como 'seguro' para sus herederos. El Gobierno Vasco podrá intervenir una EPSV en caso de irregularidades en la gestión que pongan en peligro su estabilidad

MIGUEL ANGEL MATA mmata@diariovasco.com

Miércoles, 27 de julio 2011, 05:43

Las EPSV de empleo que se abran en el futuro no permitirán a sus partícipes recuperar el dinero invertido antes de jubilarse, salvo en los casos excepcionales ya previstos de incapacidad, invalidez o fallecimiento. Se elimina así el derecho a recuperar el capital acumulado a los diez años de la primera aportación. Una circunstancia que ya viene recogida internamente en los reglamentos de algunas entidades de previsión, pero que a partir de ahora quedará establecida por ley. La supresión afecta solo a los futuros planes de empleo, no a los ya existentes. Tampoco afecta a las EPSV individuales, asociadas o diversas, cuyos socios seguirán disfrutando de esta ventaja.

Éste es uno de los cambios más relevantes que incorpora el proyecto de ley sobre entidades de previsión social voluntaria (EPSV) que ayer aprobó el Consejo de Gobierno Vasco, y que a partir de ahora deberá ser debatido en el Parlamento Vasco para incorporar las eventuales modificaciones que, en su caso, pacten los grupos políticos.

El objetivo del Gobierno con la futura ley es que las EPSV recuperen su esencia original y sean efectivamente fórmulas de ahorro para la jubilación. A nadie escapa que los beneficios fiscales que conlleva la inversión en estos planes, unido a la posibilidad de recuperar a los diez años el dinero invertido más las plusvalías generadas, han convertido a las EPSV vascas, a los ojos de muchos contribuyentes, en un mero instrumento de desgravación fiscal y ahorro a diez años vista para muchos contribuyentes.

El proyecto de ley elaborado por el Ejecutivo de Patxi López pretende hacer de las EPSV un sistema de ahorro que permita a los trabajadores vascos garantizarse en el momento de la jubilación una renta complementaria a la pensión pública, dadas las dudas existentes sobre el futuro de estas últimas.

Pero el texto aprobado ayer dista mucho de abordar una reforma en profundidad del sistema. Al contrario, se limita a hacer pequeños retoques en algunos puntos concretos, lo que evitará que se generen agrias polémicas.

Entre esos retoques, además del mencionado, el proyecto de reforma impide a los titulares de una EPSV, en este caso del tipo que sea, seguir aportando fondos para su jubilación una vez jubilados. Sí podrán seguir invirtiendo, pero las nuevas aportaciones realizadas a partir de la jubilación irán a beneficio de los herederos en el momento del fallecimiento (a modo de seguro de vida), nunca a seguir alimentando la pensión complementaria del titular.

Luz verde a las 'preferentes

El proyecto no modifica las condiciones de las EPSV en vigor, pero trata de animarlas -especialmente a las de empleo- a que se sumen a los nuevos condicionantes. Para ello crea la figura de las EPSV de empleo preferentes. Categoría a la que poderán acogerse entidades de nueva creación o las actuales que cumplan una serie de requisitos. Las preferentes se beneficiarán de «ayudas adicionales» que el Gobierno Vasco pueda establecer para su creación o desarrollo. Además, el Ejecutivo de Vitoria tratará de convencer a las diputaciones para que contemplen para ellas ventajas fiscales complementarias.

A cambio, las EPSV preferentes deberán de cumplir una serie de requisitos: deberán extenderse a todos y cada uno de los trabajadores de la empresa, impedirán el rescate anticipado del capital, las aportaciones serán compartidas por la empresa y el trabajador, el traspaso a otra EPSV deberá ser obligatoriamente a otra preferente y, por último, el dinero acumulado no podrá cobrarse de una sola vez en el momento de la jubilación. La prestación deberá recibirse en forma de renta vitalicia (pensión complementaria) o como renta financiera siempre y cuando ésta se extienda durante un periodo mínimo de quince años. Aquí cabe la excepción del cobro en caso de orfandad.

La nueva ley aborda asimismo novedades desde el punto de vista técnico y de control del sistema, como la potestad que asume el Gobierno Vasco para intervenir una EPSV en caso de irregularidades en la gestión, o la creación de un registro de socios de EPSV para garantizar sus derechos.

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

diariovasco La nueva ley plantea suprimir el rescate a los 10 años en las futuras EPSV de empresa