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AL DÍA

El PP plantea que se pueda expulsar a los refugiados al país que les dio protección

AGENCIAS

Lunes, 22 de abril 2013, 04:15

El PP aprovechará la reforma del Consejo General del Poder Judicial, que se encuentra en tramitación en el Congreso, para modificar lo que dispone la Ley de Extranjería sobre la expulsión de refugiados residentes en España y la posibilidad de que las personas que hayan obtenido protección internacional en otro Estado miembro de la UE puedan obtener permisos de residencia de larga duración.

A través de dos enmiendas a las que ha tenido acceso Europa Press, plantea por una parte que si el Gobierno decide expulsar a una persona que tiene permiso de larga duración en España y cuenta con protección internacional reconocida por otro Estado miembro, primero se conozca cuál es su situación en el país que le concedió inicialmente la protección. De esa manera, «si el residente de larga duración continúa siendo beneficiario de protección internacional, será expulsado hacia dicho Estado miembro». De todas maneras, la propuesta prevé que podrían hacerse excepciones en función de la posible peligrosidad de la persona en cuestión. La medida se aplicaría con reciprocidad; es decir, que una persona asilada por España que sea expulsada, por ejemplo, de Alemania, sería enviada directamente a territorio español salvo que el Ejecutivo comunicase a Berlín que el afectado ya no cuenta con la protección que se le había dado y lo hiciese antes de pasado un mes.

La segunda enmienda especifica que las personas que hayan obtenido protección internacional en otro Estado de la UE pueden acceder al permiso de residencia de larga duración en España, siempre que ese estatuto sigue en vigor en el país que lo concedió. Ambas modificaciones permiten incorporar a la Ley de Extranjería las Directivas europeas en materia de protección internacional y abre a los refugiados la posibilidad de obtener un permiso de larga duración porque, «es un elemento importante de la integración plena de los beneficiarios de protección internacional en el Estado miembro de residencia».

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