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R. GORRIARÁN
Viernes, 2 de noviembre 2007, 01:46
MADRID. Los familiares de Pedro María Martínez, Francisco Aznar, Romualdo Barroso, José Luis Castillo y Bienvenido Perea, muertos el 3 de marzo de 1976 en Vitoria, recibirán una indemnización de 135.000 euros al igual que otros más de 40 fallecidos en episodios de lucha contra la dictadura franquista. La Ley de Memoria Histórica, aprobada el miércoles en el Congreso y que ahora pasará al Senado, contempla en su artículo décimo el pago de esta compensación a los muertos entre el 1 de enero de 1968 y el 6 de octubre de 1977 por acción de las fuerzas de seguridad.
Una vez que la Cámara alta apruebe el proyecto de Ley de Memoria Histórica, la norma entre en vigor y se elabore el reglamento que la desarrollará, los hijos, el cónyuge o «la persona con la que hubiere venido conviviendo» la persona muerta «en defensa de la democracia» podrá cobrar la indemnización de 135.000 euros. Fuentes de los diferentes grupos parlamentarios calculan que se encuentran en esta situación en torno a 40 personas que murieron en enfrentamientos con las fuerzas de seguridad o por excesos de éstas.
Además de los caídos bajo los disparos de la policía el 3 de marzo de 1976 en la iglesia de San Francisco de Vitoria, en la que estaban encerrados por un conflicto laboral, están los casos de Juan Gabriel Rodrigo, fallecido en Tarragona el 5 de marzo de 1973 cuando huía de la policía; o de Teófilo del Valle, muerto por disparos de las fuerzas de seguridad en una manifestación en la localidad alicantina de Elda por la negociación del convenio colectivo del calzado; y de Daniel Niebla y Amador Rey, también caídos por las balas de la policía en un conflicto laboral en los astilleros de Bazán en Ferrol.
En igual situación se encuentran los deudos del estudiante Enrique Ruano, fallecido en Madrid en 1969, cuando era interrogado en una comisaría y que, según la versión oficial, se suicidó tirándose por la ventana, aunque sus familiares y amigos aseguran que fue arrojado por ella por los agentes; de Vicente Antón Ferrero, también estudiante de 18 años, muerto el 8 de marzo de 1976 en Basauri durante una manifestación para protestar por los sucesos de Vitoria; de Javier Verdejo, otro estudiante de 19 años y militante de Joven Guardia Roja, que cayó abatido a balazos mientras realizaba una pintada en las playas de Almería. Y así hasta más de 40 nombres recopilados por los grupos parlamentarios.
El artículo décimo de la Ley de Memoria Histórica establece que «el reconocimiento» plasmado en 135.000 euros corresponda a los deudos más cercanos de quienes fallecieron «en defensa de la democracia» entre el 1 de enero de 1968 y el 6 de octubre de 1977, cuando se promulgó la ley de amnistía.
Antecedentes
Con anterioridad a esta norma, el PNV intentó sin éxito incluir a este colectivo entre los beneficiarios de la reforma de la ley de víctimas del terrorismo y en otras diez iniciativas impulsadas por la diputada Margarita Uria, pero sus intentos toparon con la negativa de los dos partidos mayoritarios. También en la legislatura pasada, el 8 de abril de 2003, tanto CiU como IU presentaron propuestas similares, pero fueron derrotadas por la mayoría absoluta del PP.
El problema que se presenta ahora es que la redacción del artículo décimo de la ley de memoria es muy genérica y es factible que intenten acogerse a ese precepto más personas para las que no está pensada la norma. El portavoz del PP, Eduardo Zaplana, deslizó durante el debate de aprobación del proyecto que cabe la posibilidad de que «a los terroristas se les permite beneficiarse de algunos aspectos de la ley».
El dirigente opositor se refería a que la laxitud del texto puede permitir que también intenten beneficiarse de la norma familiares de fusilados de ETA, como Juan Paredes Manot, Txiki, y Angel Otaegi; o los del FRAP, José Humberto Baena, Ramón García Sanz y José Luis Sánchez Bravo, ajusticiados el 27 de septiembre de 1975, o de Salvador Puig Antich, acusado de la muerte de un policía y ejecutado mediante garrote vil en Barcelona el 2 de marzo de 1974. Los seis murieron después de haber sido juzgados por consejos de guerra, tribunales que la Ley de Memoria Histórica establece que sus condenas fueron «ilegítimas».
El reglamento de la ley pondrá coto y establecerá las condiciones exigibles para tener acceso a las indemnizaciones. También determinará el organismo judicial o administrativo que resolverá qué personas murieron «en defensa de la democracia». En definitiva, el reglamento colocará el tamiz o los filtros necesarios para que no se produzcan fraudes de ley. COLPISA
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