El autor del crimen machista de Orio utilizó una escopeta manipulada de su propiedad para acabar con la vida de Lourdes, según confirmó ayer el consejero de Seguridad, Josu Erkoreka. Había heredado de su padre el arma, tenía licencia y había manipulado la escopeta para ... perpetrar el crimen. «Tenía el cañón cortado», aseguró Erkoreka. Además, la culata también había sido modificada.
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«La legislación española para tener un arma es de las más estrictas de Europa», asegura Fernando Rodríguez, propietario de la Armería Palacios. «Para el permiso hay que presentar un examen psíquico y práctico que demuestre que eres capaz de tener un arma, un documento en el que se explique por qué la necesitas y el uso que vas a hacer de ella, ya sea para la caza o para disparar en galerías de tiro».
Alberto pudo heredar la escopeta de su padre, pero no sus licencias. «Como todo lo relacionado con la armamentística, tiene muchos procesos de por medio», asegura. «Al fallecer, el artefacto pasa directamente al depósito de la Guardia Civil. En los casos en los que el fallecido quiere darla en herencia «el beneficiario tiene que ir a la comandancia donde la guarden, presentar su permiso de armas e iniciar los trámites. No puede recogerla alguien sin licencia, por mucho que aparezca en el testamento», asegura. Además, el permiso no es de por vida. «Cada cinco años hay que renovarlo y presentar las armas que estén a tu nombre a la Guardia Civil», apunta.
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Armería Palacios
El cañón y la culata del arma utilizada para el crimen habían sido recortados. Manipular un arma es motivo de sanción y de la retirada de la licencia. «Todas presentan un número de serie, que hace de matrícula de coche o DNI, con el que se puede conocer todos los datos: año de fabricación, dueño, si ha tenido otros propietarios, peso, calibre o longitud, entre otras informaciones», apunta. «Cualquier modificación que se le haga es ilegal. De ser así no pasaría los controles quinquenales de la Guardia Civil y, además de la retirada de la licencia de armas, se le incautaría y tendría que pagar una multa». Según el Reglamento de Armas, la sanción económica oscila entre los 30.000 y los 60.000 euros, e implica la retirada de la tenencia durante el plazo que se determine, que no podrá exceder de dos años.
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