PPLL
Viernes, 26 de diciembre 2014, 00:14
Un juzgado de Barcelona ha anulado la compra de participaciones preferentes y deuda subordinada por un importe de más de 76.000 euros que realizó una clienta de CatalunyaBanc por indicación de su hijo, empleado de la propia entidad. El juez cree que la información sobre el producto era insuficiente.
Suscríbete los 2 primeros meses gratis
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
La NASA premia a una cántabra por su espectacular fotografía de la Luna
El Diario Montañés
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.