Las 10 noticias clave de la jornada
Una oficina de Kutxabank.
Banca

El Supremo considera abusiva la comisión de Kutxabank por ingresos en efectivo de usuarios sin cuenta en la entidad

La entidad bancaria cobraba 2 euros por este servicio, lo que fue denunciado por la asociación de consumidores vascos EKA /ACUV

el diario vasco

Miércoles, 4 de mayo 2022, 15:19

La Justicia ha adoptado un nuevo posicionamiento a favor de los usuarios ante la aplicación de determinadas comisiones por parte de las entidades bancarias que considera no ajustadas a derecho. Así, el Tribunal Supremo ha fallado en una sentencia fechada el 26 de abril, a la que ha tenido acceso El Diario Vasco, que Kutxabank debe eliminar el cobro de dos euros que aplica por el ingreso en efectivo en cuentas a las personas que no son titulares de las mismas, al ser una práctica «abusiva».

Publicidad

El fallo estima en su integridad la demanda presentada por la Asociación de Personas Consumidoras y Usuarias del País Vasco (EKA/ACUV) en diciembre de 2016 ante el Juzgado de lo Mercantil nº1 de Vitoria para reclamar el cese del cobro de esta comisión. El tribunal alavés le dio la razón a EKA/ACUV, pero Kutxabank recurrió ante la Audiencia Provincial de Álava.

En su recurso, Kutxabank argumentó que la comisión que cobra es el precio del servicio prestado a un tercero que no mantiene relación contractual con la entidad financiera. El banco admitió que los ingresos en efectivo hechos por un tercero constituyen un servicio incluido en el ámbito del servicio de caja por el que el titular de la cuenta paga una comisión de mantenimiento y por el que la entidad financiera no puede cobrar otra comisión adicional «salvo que el ordenante pretenda un servicio añadido al del simple ingreso en la cuenta de un tercero», según los criterios del Departamento de Conducta de Mercado del Banco de España.

Pero según Kutxabank, en este caso la comisión cuestionada no retribuye el ingreso en efectivo, sino la identificación del concepto del ingreso y su inclusión en el justificante que se da al tercero que realiza el ingreso.

El caso ha acabado llegando al Supremo, que también ha desestimado el recurso de Kutxabank. El alto tribunal dicta en su fallo que «la expresión del concepto del ingreso (cobro para el titular de la cuenta) y su inclusión en el justificante escrito emitido por la entidad financiera carecen de una sustantividad propia, distinta de lo que constituye el servicio de caja retribuido por la comisión de mantenimiento, que permita que sea considerada como un servicio añadido al ingreso en efectivo en sí y susceptible de ser retribuida por otra comisión».

Publicidad

Kutxabank ha sido condenado por lo tanto al pago de las costas de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación desestimados por el Tribunal Supremo.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Suscríbete los 2 primeros meses gratis

Publicidad