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IMANOL LIZASOAIN
Lunes, 1 de noviembre 2021, 07:35
1.300 contribuyentes están emitiendo ya facturas en tiempo real (el 2,1% del total previsto) dentro del periodo voluntario de prueba de TicketBai. Después ... de que este periódico anunciase la decisión de la Diputación de retrasar seis meses –hasta el 1 julio de 2022– la implantación de este nuevo sistema de facturación, gran parte de los 55.000 contribuyentes guipuzcoanos que deben adherirse a TicketBai respiraron aliviados.
Hablamos de un proyecto compartido entre las tres diputaciones forales y el Gobierno Vasco que tiene como objetivo evitar el fraude fiscal. Este nuevo sistema consiste en la obligatoriedad para toda persona o empresa que ejerza una actividad económica de comunicar en tiempo real al fisco las facturas que emita. Para ello debe adoptar un 'software' específico que deberá elegir entre los que ha aprobado Hacienda.
El proyecto tomó forma en 2016 dentro del Plan Conjunto de Lucha contra el Fraude Fiscal del País Vasco e incluyó entre sus prioridades la puesta en marcha de un proyecto para el control de las cajas registradoras. De un tiempo a esta parte, los contribuyentes guipuzcoanos han visto resueltas diversas cuestiones sobre TicketBai, sin embargo, aún existen ciertas dudas sin aclarar. Desde el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), órgano especializado del Colegio Vasco de Economistas (CVE), su presidente, Miguel Ángel Calle, arroja luz sobre ciertos interrogantes que inquietan a los afectados.
1¿Qué supone adherirse a TicketBai a nivel técnico? Las facturas se deben emitir con un ordenador, terminal o báscula capaz de llevar a cabo la firma electrónica. Además, debe estar conectado a internet. Para cumplir con esta nueva obligación, es esperable que se requiera una inversión por parte del contribuyente en equipos y programas. Tras esta inversión, la operativa diaria es sencilla. En el momento de la emisión de la factura, el programa lleva a cabo todos los procesos sin que el contribuyente tenga que hacer nada diferente a lo que ya venía realizando.
2¿Qué tipo de ayudas o subvenciones existen a día de hoy? La Diputación de Gipuzkoa otorga una deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y en el Impuesto sobre Sociedades, cuyo importe y funcionamiento depende del momento en el cual el contribuyente se adhiera a TicketBai. Si lo hace de forma voluntaria, al menos un mes antes de que le sea obligatorio, tendrá derecho a una deducción de hasta el 60% de la inversión necesaria, con un límite máximo de 3.000 euros. Además, esta deducción la cobrará de forma adelantada, sin esperar a hacer su próxima declaración, en cuestión de semanas desde que la solicita.
Si el contribuyente se adhiere cuando esté obligado a hacerlo, la deducción pasaría a ser del 30% de la inversión realizada, con un límite de 1.500 euros, y tendrá que esperar a su próxima declaración del IRPF o Impuesto sobre Sociedades para aplicarla.
petición de asociaciones
Por otro lado, la Diputación también ha sacado unas ayudas directas de 1.000 euros para los sectores de comercio, hostelería, y otras 19 actividades económicas, más orientadas a la digitalización. Para cobrar esta ayuda hay se tiene que haber enviado 15 facturas mediante TicketBai antes de realizar la solicitud, que debe realizarse antes del 15 de diciembre.
3¿A cuánto asciende la inversión de TicketBai para cada uno de los sectores afectados? La inversión varía mucho en función del tipo de sector y sus requisitos en materia de facturación. No es lo mismo un autónomo diseñador gráfico, que solo tendrá que adquirir el software de facturación, que una frutería que tenga que cambiar sus básculas.
Si un contribuyente emite pocas facturas, puede optar por emitirlas mediante la aplicación FacturaBai que la Diputación pone a disposición, de forma gratuita, en Zergabidea (Portal Online de la Hacienda Foral de Gipuzkoa).
A continuación, se detallan algunos ejemplos de posibles costes de implantación.
–Autónomo: Lo normal es que solo tenga que adquirir una licencia de un programa de ordenador. Las hay desde 10 euros al mes, por lo que la inversión a final de año ascendería a 120 euros.
–Autónomo con empleado: Tener empleados no modifica las obligaciones del contribuyente en materia de facturación. Su situación seria similar a la expuesta antes.
–Comercio: Normalmente trabajan con un Terminal Punto de Venta (TPV) o básculas, como las fruterías o carnicerías, y los programas informáticos suelen ser específicos para esas terminales. Si tiene que cambiar de terminal, la inversión oscila entre los 900 y los 5.000 euros, y la adaptación del programa podría costarle unos 20 euros al mes como mínimo.
–Hostelería: Tienen una situación muy similar al comercio, aunque en ocasiones necesitan más de una TPV.
–Industria: La mayoría cuentan con un sistema de facturación integrado con su sistema informático. Si estos programas están realizados a medida, el coste de implantación puede ser muy alto. Si son programas que se comercializan de forma genérica, es posible que la adaptación tenga un coste pequeño o incluso nulo.
–Pyme y micropyme: Si ya utilizan un programa de facturación, la inversión es escasa o nula. Si no disponen de uno, hay soluciones en el mercado por 10 euros al mes.
4¿Cuáles son las principales diferencias del TicketBai entre los tres territorios? A la hora de implantarlo en cada territorio se están produciendo diferencias en calendario, alcance, contenido y fecha de envío.
La diferencia más evidente para el contribuyente es que el calendario de implantación es diferente para cada Hacienda foral. Este proyecto, desde el punto de vista tecnológico, es un gran reto para los contribuyentes, pero también para la administración. Cada una lleva su ritmo de implantación sin reparar que no somos territorios tan grandes y puede generar confusión.
Bizkaia pretende implantar desde el principio más obligaciones que el resto de las Haciendas forales mediante el proyecto Batuz, con el que quiere obligar a presentar regularmente, además de las facturas enviadas por TicketBai, un libro de facturas electrónico. De esta forma, la hacienda vizcaína busca conocer todas las facturas emitidas y recibidas por un contribuyente mensual o trimestralmente, mejorando considerablemente sus labores de gestión e inspección. Pretende enviar así al contribuyente una propuesta de declaraciones de IVA e Impuesto sobre Sociedades de forma muy parecida a las propuestas de renta.
periodo voluntario de prueba
Las Haciendas de Gipuzkoa y Araba, por su parte, han optado por obligar al contribuyente a enviar en tiempo real las facturas. En el mismo momento en el que se emite la factura, debe ser comunicada a la hacienda correspondiente. En cambio, Bizkaia ha optado por permitir que su envío se lleve a cabo en cualquier momento entre su emisión y la presentación de la siguiente declaración de IVA.
5¿Qué ocurre con un contribuyente guipuzcoano que tenga que emitir una factura a un cliente vizcaíno o alavés? ¿Y a otro en Navarra o La Rioja? ¿Cuál es el proceso? Cada contribuyente tiene que atender a los requisitos que se establezca en su territorio foral. Un contribuyente guipuzcoano emitirá todas sus facturas de la misma manera, tal y como dicte la normativa de Gipuzkoa, y con independencia de que su cliente sea de Bizkaia, Araba o de La Rioja.
6¿El software inscrito en un registro de un territorio es válido para operar en los otros? Sí, aunque en realidad hay alguna pequeña diferencia técnica en el contenido de los ficheros que se envían a las diferentes Haciendas. El proceso de generación de la factura y su envío a la correspondiente Hacienda, sin embargo, es muy parecido. Cuando una empresa de software se inscribe en una Hacienda, lo está haciendo en las tres, dado que éstas comparten un mismo listado de 'softwares' inscritos.
7 Si resido en Hendaia y alguna vez efectúo alguna prestación de servicio en Gipuzkoa, pero opero sin establecimiento permanente, ¿estoy obligado a utilizar TicketBai? No. Esta obligación solo deben cumplirla aquellos contribuyentes que desarrollen actividad económica y tengan la obligación de aplicar normativa de Gipuzkoa, en este caso, en el IRPF o el Impuesto sobre Sociedades. Un contribuyente de Francia o incluso de Navarra no estaría obligado a cumplir la normativa TicketBai aunque preste servicios en Gipuzkoa.
8 ¿Qué ocurre cuando tengo varios centros de trabajo ubicados en distintos territorios del País Vasco? En el caso de personas físicas, solo están obligados a cumplir con TicketBai aquellas personas que desarrollen actividades económicas y tengan su domicilio en Gipuzkoa, Araba o Bizkaia, y cada una en función de los requisitos de su territorio.
Respecto a los contribuyentes que abonen el Impuesto de Sociedades, estarían obligados aquellos que utilicen la normativa del territorio foral de Gipuzkoa, Araba o Bizkaia. En la práctica, para las empresas cuyo volumen de operaciones no supere los 10 millones, tendrá la obligación de aplicar la normativa de TicketBai aquellas que tengan su domicilio fiscal en alguno de los tres territorios y cada una atendiendo a sus propias especificaciones. Por lo tanto, es de esperar que un establecimiento ubicado en Gipuzkoa no tenga porque aplicar esta obligación, si este establecimiento comercial es de una empresa con domicilio fiscal en Madrid.
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9 ¿Qué tipo de sanciones puede conllevar el incumplimiento de TicketBai? Los autónomos o empresas que lo incumplan tendrán una multa de un 20% de la facturación del ejercicio anterior con un mínimo de 20.000 euros. Si se trata de un acto puntual, la sanción será de 2.000 euros por cada transacción incumplida.
10 ¿Qué ocurre si me quedo sin luz y se me estropea el ordenador? En estos casos o cuando por otras circunstancias el contribuyente no pueda generar ficheros TicketBai ni expedir factura o justificante empleando el software, se notificará dicha circunstancia a la Administración tributaria mediante remisión de correo electrónico a la dirección ticketbai@gipuzkoa.eus y el contribuyente expedirá y entregará factura o justificante en papel a la persona o entidad destinataria, conservando copia del mismo.
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