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ANA BARANDIARAN
san sebastián.
Miércoles, 20 de enero 2021, 08:07
El complemento de maternidad en las pensiones por tener dos hijos o más no es cosa de mujeres. Los jueces vascos están reconociendo el derecho de los jubilados varones a cobrar este plus, al aplicar la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que califica la normativa española que lo regula de discriminatoria. El fallo dice que la justificación esgrimida para otorgárselo únicamente a ellas –«su aportación demográfica a la Seguridad Social»– excluye a los hombres en la misma situación, con lo que vulnera la directiva europea sobre igualdad de género.
Con este criterio, ya hay numerosas sentencias de los juzgados de lo Social que extienden a pensionistas hombres el complemento, lo que puede suponer hasta 200 euros al mes. «He logrado ya siete fallos en Bilbao y estoy pendiente de uno en Vitoria», explica el abogado laboralista Jagoba Luengas, que anima a reclamar el plus a todos los hombres que accedieron a la jubilación después de 2016 –cuando entró en vigor la normativa– y tienen más de dos hijos.
«Todavía no se ha pronunciado el TSJPV en apelación, pero no va haber problemas. Todos los fallos van en la misma línea», asegura Luengas. Lo que sí advierte es que el tiempo para reclamar es limitado porque el ministro José Luis Escrivá ha anunciado su intención de modificar la regulación y sustituir la figura del complemento por una compensación en la prestación por los periodos no cotizados.
Teniendo en cuenta que cada año se jubilan en Euskadi unos 16.000 hombres, la cifra de beneficiarios puede ser muy elevada. El complemento, aprobado por el Gobierno de Mariano Rajoy, se aplica a las mujeres con pensión contributiva «que hayan tenido hijos, ya sean biológicos o adoptivos, por su aportación demográfica a la Seguridad Social». El plus incrementa la prestación de jubilación, viudedad o incapacidad permanente en función del número de hijos: en un 5% si se tienen dos; un 10% si son tres; y un 15% en el caso de que sean cuatro o más.
Uno de los casos en los que Jagoba Luengas ha ejercido de abogado es el de un pensionista de 66 años con dos hijos que accedió a la jubilación en 2016, justo cuando entró en vigor el complemento. En febrero de 2020 solicitó el plus y, al serle denegado por la Seguridad Social, presentó demanda. El Juzgado de lo Social número 6 de Bilbao le ha reconocido su derecho a cobrar 107 euros al mes, si bien limita la retroactividad a tres meses antes a la presentación de la solicitud, punto que van a recurrir, apunta Luengas.
El juez se remite a lo que estableció el TJUE en diciembre de 2019 en el sentido de que no se puede excluir a los hombres porque supone darles un trato diferente en igualdad de condiciones. El Gobierno esgrimió en aquel juicio que su intención era compensar la brecha de género en las pensiones, debido a que son las mujeres las que suelen interrumpir sus carreras para cuidar a los hijos. La sentencia señala que el objetivo puede ser justo, pero la fórmula no, y recuerda que la directiva sobre igualdad limita al embarazo, el parto y la etapa posterior los supuestos para dar una protección especial a la mujer.
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