Domingo, 25 de febrero 2024, 09:39
El servicio militar obligatorio, que estuvo vigente en España hasta 2001, al igual que la prestación social sustitutoria, sigue siendo una rémora de cara a las pensiones, ya que solo computa para las jubilaciones anticipadas y únicamente a efectos del tiempo para acceder al retiro ... y en ningún caso para la cuantía de las prestaciones.
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Este es un tema que colea desde 2011, ya que aquella reforma de las pensiones, aprobada por el socialista José Luis Rodríguez Zapatero, recogía una disposición en la que se daba un año de plazo al Gobierno para elaborar un proyecto de ley que estableciera un sistema para que la Seguridad Social reconociera como tiempo cotizado ese periodo del servicio militar o de la prestación social sustitutoria. Se entendía que esos periodos habían retrasado la incorporación al trabajo de las personas afectadas, e incluso, habían interrumpido la vida laboral de muchos jóvenes que ya contaban con un empleo cuando fueron llamados a filas. Sin embargo, con la llegada de Mariano Rajoy (PP) a la Moncloa en noviembre de aquel año, la elaboración de ese proyecto de ley se ha ido aplazando hasta hoy en día pese a que Pedro Sánchez le sustituyó en 2018 tras una moción de censura, sin que nada haya cambiado.
El tema ha vuelto a la actualidad después de que un abogado madrileño, que está planeando su jubilación, haya enviado un documento a todos los grupos parlamentarios, excepto a Vox, explicando esta situación y denunciando la «deuda» que, según él, tiene el Estado con todas las personas que cumplieron la obligación de ir a filas, unas 200.000 personas por año a partir de 1980. Esto supone algo más de cuatro millones de personas en todo el Estado.
Pero todo apunta a que las cosas van a seguir igual, ya que el Ministerio de Seguridad Social no contempla abordar esta cuestión a lo largo de la legislatura. Lo argumenta señalando que supondría un «aumento de la brecha de género» en la pensiones con respecto a las mujeres, lo qe iría en dirección contraria a las últimas regulaciones. Una medida que también incrementaría los gastos del sistema de las pensiones.
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En cualquier caso, son muchas las personas que están próximas a la jubilación que desconocen esta realidad y que se siguen llevando una sorpresa cuando se plantean su retiro, según explica Iñigo de la Peña, presidente del Colegio de Graduados Sociales de Gipuzkoa, que son expertos en materia laboral y de la Seguridad Social.
De la Peña explica que el tiempo del servicio militar y de la prestación social sustitutoria que realizaban también los objetores de conciencia, solo se tiene en cuenta para acreditar la carencia mínima necesaria para acceder a la jubilación anticipada, sea esta voluntaria o involuntaria –en caso de ERE, despidos individuales...–; es decir, para complementar el periodo de tiempo necesario para acceder a esas dos categorías de jubilación.
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Cabe recordar que en el caso de la jubilación voluntaria se requieren 35 años cotizados y en la involuntaria 33 años. «Si tienes 34 años cotizados y le sumas los doce que se pueden añadir como máximo por la mili o la prestación social sustitutoria podrías jubilarte de forma anticipada a los 35 años», añade. «Si tienes 31 años no podrías acceder ni siquiera en el caso de la jubilación anticipada involuntaria».
El presidente de los graduados sociales de Gipuzkoa apunta que la prestación social sustitutoria se equiparó con el servicio militar en 2022, aunque de oficio el Instituto Nacional de la Seguridad Social ya venía reconociendo ese periodo a la hora de tener en cuenta el tiempo necesario.
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Con todo, indica que recibe muchas consultas de personas próximas a la jubilación que se presentan con el certificado del Servicio Militar y que en la mayoría de los casos es innecesario porque se trasta de personas que acceden a la jubilación ordinaria. Desde 2011 han sido varios miles de trabajadores vascos los que han solicitado computar su tiempo de mili para la jubilación anticipada.
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