Firma del Acuerdo Interprofesional entre Confebask, ELA, LAB, CC OO y UGT en enero de 2017 que blindaba los convenios vascos. FERNANDO GÓMEZ

¿Por qué interesa blindar los convenios Euskadi?

El Acuerdo Interprofesional firmado en 2017 en Euskadi entre patronal y sindicatos puede dejar algún resquicio legal a la interpretación

Pilar Aranguren

San Sebastián

Martes, 1 de febrero 2022, 06:41

A falta de dos días para que el decreto ley sobre la Reforma Laboral se someta a votación en el Congreso de los Diputados sin que esté garantizado todavía el apoyo suficiente, hay varias cuestiones que están en el centro del debate entre quienes ... propugnan unos cambios más profundos –en Euskadi los sindicatos nacionalistas, así como el PNV y EH Bildu– y quienes consideran que ya se priorizan los temas fundamentales.

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Pero hay un aspecto que está acaparando los titulares en la medida en que el partido jeltzale ha hecho bandera de él, como es la prioridad aplicativa de los convenios vascos sobre los estatales. De la mano del presidente del Consejo Vasco de Relaciones Laborales (CRL), Tomás Arrieta, analizamos ésta y otras cuestiones que están en el centro del debate.

Blindaje de los convenios vascos. Tomás Arrieta explica que el Acuerdo Interprofesional suscrito entre Confebask y los sindicatos ELA, LAB, CC OO y UGT en enero de 2017 con el objetivo de dar prioridad aplicativa a los convenios vascos sobre los estatales, ampara no solo a los de ámbito autonómico de Euskadi –que son los menos, tan solo ocho– como a los provinciales –el grueso de la negociación–. La clave y la polémica, señala, reside en que el texto del Acuerdo Interprofesional «no es claro. No es técnicamente un buen texto». Añade que no hay ninguna duda de que ese acuerdo es válido y eficaz, pero podría haber algún resquicio legal que permitiría una interpretación del mismo diferente al objetivo con el que se firmó. Es verdad, aclara el presidente del CRL, que hasta el momento ningún juez ha puesto en duda su legitimidad. Pero añade que en el futuro podría ocurrir. «Y ahí está la clave de que se busque un mayor blindaje incorporando esa prevalencia en la propia reforma laboral, ya que sería más claro», especifica. Hay quien incluso ve en la resistencia de la patronal a introducir en la reforma laboral ese blindaje de los convenios vascos sobre los estatales el hecho de que los empresarios quieren tener abierta esa posibilidad de interpretar el Acuerdo Interprofesional, aunque tanto Confebask como CC OO y UGT, que suscriben la reforma, lo descartan y defienden que ya hay suficiente garantía jurídica.

¿Qué pactos ampara el Acuerdo Interprofesional? Tal y como hemos señalado antes, da prevalencia tanto a los convenios sectoriales de ámbito autonómico como a los provinciales. Ampara a aquellos acuerdos que están en vigor y también a los que habiendo vencido están en situación de prórroga y pendientes de renovar porque están en ultraactividad.

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«Incorporar el blindaje en la reforma laboral dejaría las cosas más claras»

Tomás Arrieta, Presidente del CRL

Sin embargo, no cubre aquellos convenios que estén decaídos. En este caso se les aplica el convenio estatal del sector si lo hubiera, o en caso contrario el Estatuto de los Trabajadores. Pero si cualquiera de estos convenios se recupera; es decir, se abre la negociación y se acuerda uno nuevo, entonces sí quedaría amparado por el Acuerdo Interprofesional. Esto sería así también si se introdujera el blindaje en la reforma laboral con un artículo expreso, aclara Tomás Arrieta.

La reforma evitará la estatalización. Lo que sí evitará la nueva reforma laboral será precisamente que en el futuro haya más convenios vascos, ya sean autonómicos o provinciales, que pasen a estar bajo el amparo de uno estatal porque la vigencia de los mismos se mantendrá sin que decaigan hasta que se firme uno nuevo. Y es que la nueva norma laboral recupera la ultraactividad indefinida, que existía antes de la reforma de 2012 aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy.

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En estos momentos, 164.891 trabajadores vascos están amparados por un acuerdo de ámbito estatal, lo que supone el 27,24% de los empleados sujetos a convenio. Y el 9,5% no tienen ningún convenio de referencia y cuelgan directamente del Estatuto de los Trabajadores.

La estatalización de los convenios ha favorecido una «devaluación salarial y de otras condiciones», según han denunciado de forma reiterada los sindicatos nacionalistas, ya que aseguran que los sueldos son más bajos y también algunas otras cuestiones mejoradas en los convenios vascos. Sin embargo, CC OO y UGT achacan la estatalización a la «renuncia a acordar convenios en Euskadi de ELA y LAB en los últimos años escudándose en la anterior reforma laboral».

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Prevalencia de los convenios sectoriales sobre los de empresa. La nueva normativa que se someterá este jueves a examen parlamentario recupera la prevalencia de los convenios sectoriales sobre los de empresa, una cuestión demandada por todos los sindicatos. Con todo, esa prioridad aplicativa se limita únicamente a los salarios, que volverán a ser un suelo o mínimo para los convenios de empresa. Es decir, que se podrán incrementar en los acuerdos que se alcancen en las compañías pero nunca situarlos por debajo, como permitía la anterior reforma. Ese suelo permite además a muchas micropymes en las que no hay negociación colectiva colgarse directamente de un acuerdo sectorial para fijar sus condiciones laborales.

«Hasta ahora ningún juez ha puesto en duda la legitimidad del Acuerdo Interprofesional pero podría ocurrir en el futuro»

Tomás Arrieta, Presidente del CRL

Pero los sindicatos nacionalistas demandan que la prevalencia del convenio sectorial sea en todos los elementos, no solo el salario; es decir, también la jornada y otras cuestiones. Y es que antes de la reforma de 2012 el sectorial protegía también la jornada, aunque se permitía en las empresas modificar la distribución de la misma.

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Reducir el salario. La norma vigente también permite reducir los salarios por otras vías, como es la inaplicación de los convenios (artículo 82.3) en el caso de que las empresas encadenen tres trimestres consecutivos de pérdidas e incluso de reducción de beneficios y ventas. Esto no cambiará con la nueva normativa, ya que no se toca.

Ultraactividad indefinida. La nueva normativa incluye la ultraactividad indefinida de los convenios. Esta cuestión también incide en los salarios y en otras condiciones laborales, como apunta Tomás Arrieta, ya que se reequilibra la negociación colectiva. Y es que los sindicatos ya no tendrán la presión de las patronales para negociar un convenio en un tiempo limitado –un año en la actual normativa–, lo que obligaba muchas veces a aceptar recortes en aras a evitar precisamente que decayera el acuerdo y pasara a estar regulado por otro de ámbito estatal.

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El importe del despido y las causas. El decreto ley mantiene intacto el coste de los despidos, que abarató la anterior reforma laboral. En aquella ocasión el improcedente pasó de 45 días por año trabajado con un límite de 42 mensualidades a 33 días y 24 mensualidades, mientras que el objetivo se quedó en 20 días con un máximo de 12 mensualidades. Los sindicatos nacionalistas reclaman restaurar la situación anterior. También exigen que los despidos objetivos solo se produzcan tras probarse la situación incorrecta y que se recuperen los salarios de tramitación.

Estabilizar los ERTE. La nueva normativa estabilizará los ERTE. Se incluyen los ERTE para abordar situaciones de origen cíclico y también los que surjan en ámbitos sectoriales o profesionales específicos.

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Se reduce la contratación temporal. Uno de lo grandes logros de la nueva reforma es que limita las modalidades de contratación temporal y fomenta los contratos indefinidos. Se eliminan los contratos por obra y se crea un fijo por obra especial para la construcción.

Trabajo regularizará a las empleadas del Hogar

La Inspección de Trabajo lanzó ayer un nuevo Plan de Actuación para regularizar los salarios y cotizaciones a la Seguridad Social de las empleadas de hogar, centrada en esta ocasión en los contratos a tiempo parcial. La nueva campaña se basa en el envío masivo de cartas dirigidas a los empleadoras, ofreciéndoles asistencia técnica e información para que procedan a la regularización de los salarios que se encuentren por debajo del SMI, fijado en 965 euros al mes o 7,55 euros la hora cuando la jornada sea inferior a 40 horas semanales, y la correlativa regularización de las cotizaciones.

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