Borrar
Una estudiante de cocina durante sus prácticas en un establecimiento hostelero. Iñigo Royo
Los requisitos para sumar tu tiempo como becario a la cotización de la jubilación
Cotización

Los requisitos para sumar tu tiempo como becario a la cotización de la jubilación

El Gobierno anuncia que todas las personas que hayan estado de prácticas en algún momento de su vida podrán rescatar hasta cinco años de cotización

Martes, 30 de abril 2024, 16:31

Cualquier persona que haya estado de prácticas en algún momento de su vida podrá rescatar hasta cinco años de cotización a partir de ahora. Así lo ha aprobado el Gobierno, de forma que esta orden tendrá validez desde el día primero del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que se espera sea inminente.

Hasta ahora los becarios o investigadores que estaban de prácticas en empresas o instituciones desde el 1 de enero de 2024 ya tenían reconocido ese tiempo como cotizable para la Seguridad Social, generando derechos para sus futuras pensiones. Ahora esta situación será retroactiva de forma que quienes hayan estado alguna vez de prácticas podrán optar a que se les compute ese tiempo hasta un máximo de cinco años.

De esta forma se soluciona el hecho de que haya cientos de miles de trabajadores que comenzaron su vida laboral con esta modalidad pero que no les computaba para cotizar ni para su jubilación. Ya en 2011 se generó este derecho de recuperar dos años de cotización para las personas con una beca remunerada y, desde 2021, se extendió a todas las prácticas.

El colectivo más beneficiado será el de los investigadores, sobre todo los pertenecientes a la rama sanitaria o al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), que acumulan muchos años como becarios antes de incorporarse al mercado de trabajo. La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha destacado que esta medida responde a un «clamor» de muchos colectivos «cuyo trabajo ha sido motor de progreso para nuestra sociedad durante años».

¿Quiénes son los beneficiarios?

La medida beneficia a antiguos alumnos universitarios y de formación profesional (salvo cuando las prácticas se hubieran prestado en el régimen de formación profesional intensiva), así como antiguos alumnos de enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas del sistema educativo. También a aquellos graduados universitarios que, a través de estudios oficiales de doctorado, hubieran participado antes del 4 de febrero de 2006 (fecha de entrada en vigor el Estatuto de Personal Investigador en Formación) en programas de formación de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero.

¿Cuáles son los resquisitos?

Para poder sumar las prácticas a la cotización de la jubilación, hay ciertos requisitos que deben cumplirse:

Requisitos

  • Las prácticas no remuneradas deberán haberse producido con anterioridad al 1 de enero de 2024

  • En el caso de las prácticas remuneradas, su realización deberá haberse producido con anterioridad al 1 de noviembre de 2011

  • Es necesario acreditar el periodo de duración de los programas de formación en los que se hubieran participado

Objetivo de esta medida

La ministra Elma Saiz ha justificado esta medida para ampliar «los derechos de los más jóvenes, de personas que se están incorporando ahora al mercado laboral, pero también reparamos los desequilibrios y abrimos la ventana a aquellos que no tuvieron esa opción en el pasado». El objetivo principal es mejorar y ampliar los derechos de los alumnos, incluyéndolos en el sistema de Seguridad Social. Esto permite que empiecen una carrera de cotización y que estén cubiertos por la acción protectora de la Seguridad Social mientras realizan las prácticas.

¿Cuál es la base de cotización?

Estos antiguos alumnos serán asimilados a trabajadores por cuenta ajena a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social. Para ello tendrán que pagar una cuota mucho más pequeña de la que deberían, algo menos de una cuarta parte, puesto que la Seguridad Social les bonifica el 77%. La base de cotización que les corresponderá será la base mínima de cotización por contingencias comunes correspondiente al grupo 7 de cotización del Régimen General de la Seguridad Social, situada en la actualidad en 1.323 euros mensuales. El abono de estas cuotas podrán realizarlo mediante un pago único o mediante un pago fraccionado en un número máximo de mensualidades igual al de aquellas por las que se formalice el convenio.

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

diariovasco Los requisitos para sumar tu tiempo como becario a la cotización de la jubilación