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La aplicación en empresas de los preceptos que incluye el nuevo decreto que elimina la obligatoriedad del uso de la mascarilla en interiores tiene distintas aristas. Una de las más comprometidas es la judicial. Santiago Romero Buck Arstad, juez de lo penal en Donostia ... y portavoz de la Asociación de Profesionales de la Magistratura (APM) en Gipuzkoa, critica que el Gobierno central «se ha lavado las manos una vez más» con un decreto que a su juicio «tiene varias interpretaciones jurídicas».
- El decreto sobre la eliminación de mascarillas en interiores ha generado dudas sobre su aplicación principalmente en empresas. ¿Qué interpretación hace?
- Lo primero que hay que aclarar es que el real decreto habla de modificación del uso obligatorio de las mascarillas, no de eliminación. No hay un fin generalizado de la mascarilla, sino que se va poco a poco eliminando. En cuanto a las empresas, el decreto menciona su uso en la exposición de motivos, pero no lo recoge en el articulado de la ley, lo cual no se entiende. Y eso plantea la duda de si lo que se recoge en una exposición de motivos impone la obligatoriedad. A mi entender, claramente no, la aplicación de una ley se basa en los artículos de la misma.
- ¿En qué situación deja eso a las empresas?
- Este decreto se lava las manos, porque con esa indeterminación jurídica deja a criterio de cada empresa aplicarlo o no. Habrá empresas que serán más estrictas que otras. En base a lo que expone en esa exposición de motivos de este Real Decreto, tiene que ser el departamento de riesgos laborales de cada empresa el que haga una evaluación de los riesgos que existen en el puesto de trabajo (distancia, ventilación, aglomeración, etc.) y decida en base a ello. Y en las que no haya ese departamento, como pequeñas empresas o autónomos, será el jefe o el gerente el que tome esa decisión.
- ¿Qué ocurre si una empresa impone la mascarilla y un trabajador se niega a llevarla?
- Si un centro se ha establecido la mascarilla obligatoria está obligado a llevarla, y si no lo hace, se expone a recibir una sanción interna de la empresa. Para ello, la empresa debe cumplir con las formalidades de aprobar esa decisión, como reunirse con los representantes de los trabajadores y comunicarlo por escrito al resto.
- Por lo que queda en manos de la empresa el mantenerla e imponer sanciones en su caso.
- Exactamente. El problema es que de esta norma se pueden hacer varias interpretaciones jurídicas, y lo que se necesitan son leyes claras, porque los conceptos jurídicos indeterminados generan incertidumbre, y la inseguridad jurídica en un contexto de crisis es algo terrible.
- ¿Cree que este decreto podría acabar, como otros, recurrido ante la Justicia?
- No descarto que en unos días se publique uno nuevo con correcciones o modificaciones. Una empresa o un ciudadano quiere tener seguridad jurídica para poder hacer su trabajo y proteger a los trabajadores, y eso se lo tiene que dar el Gobierno, no los jueces. No es la primera vez que ocurre en esta pandemia, en la que hemos visto de todo con las normativas. Las interpretaciones que ha tenido que hacer cada Tribunal Superior de Justicia sobre los decretos aprobados se debe a esta indeterminación jurídica. Se puede entender con los dos estados de alarma, pero no con todas las normativas que vinieron después. Si los jueces tienen que interpretar la ley, es porque esta no es clara.
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- ¿Se puede obligar a los clientes de un establecimiento a llevar el cubrebocas?
- El decreto habla del uso responsable de la mascarilla en centros cerrados donde se reúnan muchas personas. No es obligatorio, pero se recomienda usarla. Pero habrá muchos establecimientos que no la exijan por no salir perjudicados o tener problemas con sus clientes.
- El 'uso responsable' también resulta un concepto indeterminado.
- Lo es. ¿Si una persona lleva mascarilla en el campo al aire libre es más responsable que la que no la lleva? Para eso están las normativas, para zanjar estas dudas, aunque no gusten. La gente está cansada de la mascarilla, pero si el Gobierno decide que se mantiene, se hace, sin discusión. Pero si se deja abierta la norma a interpretaciones, es un problema.
Fin de las mascarillas en interiores
- ¿Y qué ocurre en espacios públicos, como los juzgados?
- No lo sabemos, porque el decreto solo se refiere a centros sociosanitarios y transporte, pero no habla de colegios, o de juzgados. En nuestro caso, no sabemos si vamos a tener que exigir a la gente que siga teniendo la mascarilla en los juicios. Será la consejería de Justicia del Gobierno Vasco la que tendrá que darnos instrucciones al respecto.
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