![San Sebastián ya tiene fecha y hora para el sorteo de las mesas electorales](https://s3.ppllstatics.com/diariovasco/www/multimedia/2023/06/20/urna-mesa-kYjB-U2006000833203TH-1200x840@Diario%20Vasco.jpg)
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La convocatoria de elecciones generales para este próximo 23 de julio, en plenas vacaciones para millones de ciudadanos, es una de las preocupaciones añadidas para quienes entran dentro de los requisitos para poder ser miembro de una mesa electoral. En la práctica puede ser cualquier persona de entre 18 y 70 años, aunque los mayores de 65 están exentos si así lo desean.
En el caso de San Sebastián el ayuntamiento ya ha hecho público que el sorteo será este jueves a partir de las 9 de la mañana. El edificio consistorial acogerá el acto que le corresponde organizar a la Junta Electoral de Zona y por la que serán elegidos los presidentes, vocales y suplentes de todas las mesas de la capital donostiarra.
Tal y como recoge la ley, los miembros de las mesas electorales deben ser elegidos entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno tras la convocatoria oficial de estas elecciones generales de 2023, es decir entre los días 22 y 26 de junio, en los que cada ayuntamiento irá publicando las listas de los elegidos. Tras el sorteo, en el caso de Donostia, se publicarán los resultados en la web municipal y posteriormente será la Junta Electoral de Zona la que enviará las notificaciones a los ciudadanos seleccionados en sus domicilios en un plazo de 3 días. Estos tendrán siete días para presentar sus alegaciones si consideran que pueden alegar alguna excusa válida. Aquí tienes cuáles son las que te pueden permitir dichas alegaciones:
Ser mayor de 65 años
Tener una gran discapacidad o incapacidad
Estar en prisión o en un centro psiquiátrico
Estar embarazada de más de seis meses o en periodo de lactancia con bebés menores de nueve meses
Haber sido designado para una mesa tres veces en los últimos diez años
Trabajadores de servicios esenciales (médicos, bomberos, protección civil,..)
Sufrir alguna enfermedad o lesión que impida ejercer las funciones propias de la mesa electoral
Cuidado de familiares que no puedan valerse por sí mismos
Tener hijos de menos de 14 años que no puedan ser atendidos por otro progenitor
Debido a que estas elecciones generales coinciden con el verano, a finales de julio con muchos ciudadanos fuera de sus domiciliocs, el Gobierno ha flexibilizado las opciones para librarse de estar en una mesa electoral. El presidente de la Junta Electoral de Zona, Santiago Romero, explicaba el pasado 13 de junio en El Diario Vasco que de forma excepcional en estas elecciones «anticipadas en plena época estival» se permite alegar como excusa el haber contratado un viaje o un hotel con anterioridad a la convocatoria, es decir, antes del 29 de mayo.
El juez decano en funciones de Donostia añadía además que quienes tengan previstas unas vacaciones en un piso de su propiedad también podría servir para librarse de ser presidente o vocal en un colegio electoral ya que «está en el espíritu de la norma» el facilitar el descanso vacacional.
El juez Santiago Romero aclara cuáles son los requisitos para presentar excusas si no se quiere o no se puede acudir a la mesa electoral en caso de estar de vacaciones. Para el caso de tener contratado algún viaje aconseja presentar toda la documentación posible. «Se debe acreditar documentalmente que en ella se incluye a quien ha sido designado para la mesa, presentando por ejemplo el libro de familia», aunque advierte que la cosa se complica si es un viaje entre amigos, ya que «es más probable que no se admita la excusa».
Para quienes se desplazan a otra vivienda familiar, «habrá que analizar caso por caso, de forma individualizada si, aun no teniendo un contrato como tal, las circunstancias del solicitante».
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En todo caso, cada alegación se estudia de forma individual desde la Junta Electoral de Zona y las autoridades recuerdan que negarse a recibir la notificación no exime de presentarse el 23 de julio a las nueve de la mañana en su colegio correspondiente para la constitución de la mesa electoral.
En España no acudir a una mesa electoral con causa justificada es delito electoral y la ley establece importantes sanciones, ya que «los infractores pueden incurrir en penas de prisión de tres meses a un año, o multa de seis a veinticuatro meses». En todo caso no hay ningún precedente de ciudadanos que hayan ido a prisión por no haberse presentado a la mesa electoral en los comicios de turno aunque sí se han dado importantes sanciones económicas.
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