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Un acusado de violencia de género se cambia de sexo durante el proceso judicial

Un abogado vizcaíno defiende al hombre, ahora mujer en el DNI, un caso que ha desatado un fuerte debate en foros de letrados por insólito y por su repercusión judicial

M. F. VALLEJO

Lunes, 22 de mayo 2017, 06:39

Un abogado vizcaíno se ha topado con uno de los casos más insólitos de su carrera y que ha desatado un debate en foros de letrados. Iñigo Urien Azpitarte defiende a un cliente en un proceso de divorcio, al que su pareja ha denunciado por maltrato psicológico en varias ocasiones, y que en los seis años de litigio ha iniciado un cambio de sexo. Con un DNI en el que figura ya su identidad femenina y el proceso físico de reasignación de sexo en marcha, ahora es ante los tribunales una mujer acusada por otra mujer. Esta circunstancia, a juicio del letrado, puede cambiar el rumbo del proceso y marcar un precedente en procesos de violencia de género.

El acusado, ahora mujer, tiene 48 años y trabaja como bombero; y su expareja, de 45 años, es administrativa. Tienen dos hijos de corta edad. La mujer presentó varias denuncias contra su entonces marido por maltrato psicológico: insultos, vejaciones... y pidió el divorcio. Urien explica que todas las acusaciones que han llegado a los juzgados «han sido archivadas», aunque aún quedan varias denuncias por resolverse.

La duda se plantea cuando durante la batalla judicial el exmarido lleva a cabo un proceso de reasignación de sexo. «Se le ha concedido ya el cambio de nombre en el registro», añade el abogado. A su juicio, el cambio de sexo de su cliente sí debería tener una repercusión en el proceso. «Mi criterio es que no se le puede aplicar la legislación de violencia de género porque tiene diagnosticada una disforia de género. En caso contrario, no podría cambiar su nombre y sexo en el registro, además de que no se le hubiera prescrito el tratamiento hormonal», argumenta. La violencia de género es un delito que comete un hombre sobre una mujer con la que ha mantenido una relación. Si no existe ese vínculo es agresión, con penas menos duras. La clave del caso es determinar desde cuándo el acusado es mujer.

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