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En uno de cada cuatro puntos de venta de tabaco que son inspeccionados en Gipuzkoa se detecta algún tipo de irregularidad. Es la cifra ... que se extrae del seguimiento de estos locales que realiza periódicamente la Guardia Civil en el territorio. En el primer semestre de este 2024, de las 108 inspecciones llevadas a cabo, se han interpuesto 9 denuncias y 18 apercibimientos, y además se precintó un estanco durante un mes. Respecto al mismo periodo del año anterior supone un importante aumento del número de denuncias, ya que aunque las inspecciones fueron casi las mismas (101), se registraron 4 denuncias, es decir, menos de la mitad.
Son las unidades de Resguardo Fiscal de Gipuzkoa, en particular, las dos Patrullas Fiscales (Pafis) de San Sebastián y Zarautz, las que realizan de manera «permanente» estas inspecciones. Cabe diferenciar dos tipos de locales en los que se vende tabaco: las expendedurías de tabaco y timbre, los estancos de toda la vida, y los puntos de venta con recargo (PVR), que son el resto de comercios en los que se puede comprar este producto: bares y cafeterías, salones de juego, gasolineras...
El objetivo de las Pafis es verificar que se cumple la Ordenación del Mercado de Tabacos y la Normativa Tributaria.
Entre enero y junio de 2024, según fuentes de la Guardia Civil, han llevado a cabo 108 inspecciones, y en una de cada cuatro se abrió algún tipo de expediente, o bien denuncias (nueve casos) o apercibimientos, que son la mayoría (dieciocho). Pero también se realizó un precinto de un mes en un estanco de «labores de tabaco y efectos timbrados (sellos)» tras haber recibido una denuncia previa ante el Comisionado para el Mercado de Tabacos (CMT), el organismo público encargado de gestionar estos establecimientos, por la venta de tabaco a menores de edad.
Esas 108 inspecciones se realizaron en 43 municipios guipuzcoanos diferentes. Según datos del CMT, en Gipuzkoa hay 1.404 puntos de venta con recargo (PVR), así como 195 estancos, lo que suponen 1.599 establecimientos en total.
En cuanto a la causa de las irregularidades observadas, la mayoría son por deficiencias en la declaración responsable (un documento en el que el responsable del establecimiento indica que quiere vender productos no relacionados con el tabaco pero que se encuentran permitidos por la normativa vigente); incumplimiento del horario de mínima apertura; falta de declaración responsable para la venta de productos distintos de labores del tabaco (vapeadores, cachimbas); falta del principio de neutralidad (dar más publicidad o propaganda a una marca respecto de otra); ofrecer promociones caducadas; o también la falta o deficiencias en el cartel de tabacos.
El Comisionado para el Mercado de Tabacos es el organismo público que controla y supervisa la actividad de estos establecimientos, y también el encargado de hacer cumplir la normativa y en su caso, de aplicar las correspondientes sanciones.
En el caso de los estancos, existen tres tipos de infracción: leve, grave y muy grave. Las muy graves se castigan con la revocación de la concesión o con multa de entre 120.202,42 y 300.506,05 euros; las graves, con suspensión temporal del ejercicio de la concesión de hasta seis meses o con multa desde 12.020,24 hasta 120.202,42 euros; y las leves, con multa de hasta 12.020,24 euros.
En cuanto a los puntos de venta con recargo, las infracciones muy graves se sancionan con la revocación de la autorización o con multa de entre 3.005,06 euros y hasta 12.020,24 euros; las graves con suspensión de la autorización por plazo hasta seis meses o con multa de entre 601,01 euros y 3.005,06 euros y las leves con una multa de hasta 601,01 euros.
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