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Fotomontaje de la incineradora.
Desestimado otro recurso de GuraSOS contra la incineradora

Desestimado otro recurso de GuraSOS contra la incineradora

El Tribunal Superior vasco rechaza la demanda de la plataforma contra la Diputación por no realizar un proceso de deliberación participativa sobre el proyecto

europa press

San Sebastián

Lunes, 9 de octubre 2017, 18:50

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado otro recurso interpuesto por GuraSOS Elkartea contra la incineradora. En esta ocasión lo presentó contra el acuerdo del Consejo de Gobierno Foral de 28 de julio de 2016, que desestimó su petición de realizar un proceso de deliberación participativa en relación a la decisión de construir o no esa infraestructura.

Según ha informado este lunes la Diputación foral, el TSJPV confirma con su fallo la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2, de San Sebastián, que desestimó un recurso contencioso-administrativo de GuraSOS frente al acuerdo del Consejo de Gobierno Foral de 28.7.2016, promovido por el procedimiento especial de protección de los derechos fundamentales de la persona.

El tribunal reitera en su sentencia que "el derecho de participación en materia ambiental no se integra en el derecho fundamental de participación política del artículo 23.1 CE" cuya vulneración se alega y que, además, éste último "corresponde en exclusiva a las personas físicas".

El diputado foral de Medio Ambiente subraya que una vez más los tribunales confirman que «las cosas se han hecho de forma correcta y respetando los derechos de la ciudadanía»

Asimismo, afirma que "la apelante hace una especie de 'totum revolutum' entre el derecho fundamental proclamado por el artículo 23.1 de la Constitución y otros derechos, señaladamente los de participación en materia medioambiental, sin diferenciar sus fuentes, contenidos o rangos, como si todos ellos pudieran asociarse a los propios de aquel derecho y sirviesen de canon o paradigma para su interpretación".

Además, confirma que el derecho de participación que se considera vulnerado "no es un derecho de participación política incardinable en el art. 23.1 C.E. Se trata de una participación en la actuación administrativa, que ya se contemplaba, como alega la Administración -la Diputación-".

El fallo impone a GuraSOS las costas y recuerda que ante esta sentencia cabe recurso de casación.

El diputado foral de Medio Ambiente, José Ignacio Asensio, ha subrayado, tras conocer la resolución del Tribunal Superior vasco, que una vez más los tribunales confirman que "las cosas se han hecho de forma correcta y respetando los derechos de la ciudadanía".

El responsable foral ha destacado, asimismo, que la puesta en marcha del Complejo Medioambiental "ofrecerá una solución a los residuos de Gipuzkoa, ofreciendo un servicio moderno, sostenible y respetuoso con la naturaleza".

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