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Ciudadanos y empresas tendrán que hacer un esfuerzo a partir de hoy para tratar de arreglar sus diferencias ante un conflicto civil o mercantil. La ... ley de eficiencia del servicio público de Justicia les condena a ello, es decir, están obligados a intentarlo antes de recurrir a los tribunales. Los llamados Medios Alternativos de Solución de Controversias (MASC) pasan a ser preceptivos para poder acudir después a un juez, a quien tendrán que entregar la documentación que acredite la voluntad de haber solucionado previamente el conflicto.
A partir de hoy, no se abrirán las puertas del juzgado a quien no haya agotado antes la vía del acuerdo entre las partes en asuntos tan comunes como divorcios, herencias, contratos de arras, desacuerdos en comunidades de propietarios, relaciones entre socios de una empresa o liquidaciones de una sociedad. Como excepción, se podrá seguir acudiendo directamente a la vía judicial en asuntos de «protección de derechos fundamentales o de paternidad y maternidad».
El juez decano de San Sebastián, Santiago Romero, explica que la reforma busca «dar una oportunidad de solucionar los conflictos antes de recurrir a los juzgados, lo cual significaría en la teoría alcanzar la mayoría de edad en la administración de Justicia por parte de los ciudadanos. Son ellos mismos los que de manera responsable y adulta solucionan el caso». La pretensión de la ley se mueve entre lo ideal y lo utópico. El decano reconoce que «los jueces nos dedicamos a solucionar controversias, pero lo habitual es dar la razón a uno y no al otro. Incluso aquel a quien se da la razón no queda satisfecho, ya sea por el tiempo empleado o por lo que ha podido recuperar. Por lo tanto, la idea es buena, el problema es cómo se ejecutará».
40 expedientes
han gestionado los servicios alternativos de resolución de controversias del colegio de la abogacía de Gipuzkoa en 2024 de forma gratuita.
20.109 asuntos
entraron en los juzgados de primera instancia de Gipuzkoa en 2024. Todos ellos necesitarán a partir de ahora un certificado de haber tratado de resolver el conflicto amistosamente.
1.050 asuntos
entraron en los dos juzgados de lo mercantil de Gipuzkoa en 2024. Estas dos salas resolvieron a lo largo del año 973 casos, dejando 368 pendientes de fallo por carga de trabajo.
10.000 euros
puede costar un litigio en los juzgados en el caso de un divorcio. La mediación, si se recurre a un abogado o notario, puede oscilar entre 40 y 70 euros por sesión.
Tal y como subraya Romero, este nuevo paradigma «implica un cambio de cultura de la ciudadanía: que cada vez que surge un problema la gente sea consciente de que se puede solucionar antes de ir a juicio. Es un cambio de mentalidad difícil de conseguir de la noche a la mañana».
30% de tasa de éxito
en el conjunto del Estado en la conciliación previa en el ámbito del orden laboral, donde la mediación previa es obligatoria desde hace varios años.
30 días
es el plazo de respuesta de una de las partes a la propuesta de conciliación de la otra parte. Si no hay señales, la mediación se puede dar por fracasada.
Los datos confirman que la tendencia natural ante la aparición de controversias que se enquistan consiste en tocar la puerta del tribunal. Los juzgados de primera instancia de Gipuzkoa, donde mejor se refleja la sobrecarga de casos judiciales, recibieron 20.109 asuntos en 2024, un volumen mucho mayor de lo que son capaces de resolver en un ejercicio (11.247 en el pasado curso). Por su parte, las dos salas de lo mercantil que operan en Gipuzkoa recibieron en el mismo periodo un total de 1.050 asuntos, mientras que los dos denominados juzgados de familia ingresaron 3.249 casos. Ninguno de estos órganos judiciales pudo, por supuesto, resolver todos los expedientes acumulados. La acumulación de carpetas sería, precisamente, la lacra a erradicar por la reforma de la ley.
Contrasta con este aluvión de demandas judiciales el número de expedientes que han gestionado los servicios gratuitos de métodos alternativos de solución de controversias de la Administración vasca de Justicia. Solo 40 casos se han tramitado en 2024 en Gipuzkoa, 275 en el conjunto de la Comunidad Autónoma Vasca. La cifra aumenta con los procedimientos desarrollados en entidades privadas, pero fuentes consultadas de bufetes de abogados y notarías aseguran que el número de mediaciones «no es significativo».
En los Juzgados de Donostia se ha instaurado durante el último año un servicio piloto de resolución de controversias por vías alternativas, dirigido a las personas beneficiarias de la justicia gratuita. Su coordinadora, Ana Iturbe, explica que «las personas que han hecho uso de este servicio han tenido la oportunidad de resolver sus litigios por dos vías alternativas, como son la mediación y el derecho colaborativo. Pero hay un matiz importante. Ellos lo han hecho de manera voluntaria y a partir de ahora se convierte en un requisito de admisibilidad».
Iturbe explica que en el desarrollo de la mediación en este proyecto piloto, «el mediador es un abogado de oficio pero no ejerce como tal. Es decir, no aconseja a las partes. No les guía. Simplemente, media. En el caso del derecho colaborativo, sí que se pone en manos de cada parte un abogado para que hagan su trabajo, pero los letrados participantes en el proceso renuncian a pleitear en caso de que no se llegue a la solución amistosa». Concluye que «nuestra labor ha consistido en informar a la sociedad sobre las características de la mediación, la importancia del respeto, y guiar conversaciones explicando que puede haber varias sesiones conjuntas, siempre en un espacio neutral».
Existe una gran incertidumbre en la judicatura sobre cómo se llevará a la práctica este requisito obligatorio de mediación a partir de hoy. El ámbito de lo laboral ha abonado el terreno. Allí ya era preceptivo un intento de solución amistosa antes de acudir a los tribunales y las cifras del conjunto del Estado arrojan que la tasa de éxito ha rondado el 30%. Si esto tuviera su traslación en la jurisdicción civil, se ahorrarían tres de cada diez demandas judiciales.
Sin embargo, Santiago Romero muestra sus «dudas de si esto aliviará los juzgados. La carga que soportan obedece a que hay pocos jueces. Si no se crean más plazas de jueces, el atasco va a estar siempre ahí. Aunque exista una mediación, si no se llega a un acuerdo, el problema seguirá siendo el mismo».
La obligatoriedad de recurrir a algún medio de resolución amistosa antes de presentar una demanda judicial abre un campo laboral para aquellos que presten el servicio de mediación: abogados, notarios, economistas y hasta psicólogos. La ley establece que el mediador debe contar con un título oficial universitario o de formación profesional superior –no tiene por qué ser Derecho– y tener una formación específica que ya ofrecen colegios de abogados y de notarios. Las 30 plazas del curso iniciado el pasado mes por el Colegio de Abogados de Gipuzkoa, por ejemplo, se agotaron en un abrir y cerrar de ojos.
Surge un nuevo filón de negocio del que están pendientes diferentes sectores. La ley se limita a establecer que «la duración mínima de la formación específica del mediador será de 100 horas de docencia efectiva y se desarrollará tanto a nivel teórico como práctico, correspondiendo a este último, al menos, un 35% de la duración mínima prevista».
El notario Javier Oñate reconoce que «se avecina una nuevo frente de trabajo, pero nadie sabe muy bien de qué magnitud. Depende un poco de la predisposición de los abogados por tratar realmente de intentar llegar a un acuerdo. Los juzgados de Barcelona, por ejemplo, admiten un mero cambio de burofaxes entre letrados implicados. En Bilbao ya han dicho que no van a aceptar eso. Veremos. Es un tema nuevo y muy técnico. Habrá que ver la aplicación práctica».
La ciudadanía, por su parte, debe saber que existen diferentes vías para tratar de llegar a alguna solución extrajudicial. Además de la medición, donde una figura de la confianza de las partes trata de propiciar un acuerdo amistoso entre las mismas, existe el arbitraje. En este caso, las dos partes deciden que un tercero resuelva, ya sea un abogado, una institución –la Cámara de Comercio, por ejemplo– o un notario. Y como fórmula intermedia, emerge la conciliación. Explica Oñate que «aquí el conciliador adopta una actitud más activa y propone soluciones si bien no decide como el árbitro. En esta función, los notarios sí podemos tener nuestra importancia. Es curioso que en el año 2000 se suprimió este requisito porque entorpecía la justicia. Ahora se espera que gane protagonismo y sirva para solucionar controversias».
Una cuarta vía sería la del dictamen de un experto independiente: un informe que las partes pueden tener en cuenta para arrojar luz sobre su asunto aunque no proponga propiamente una solución concreta. En cualquier caso, Oñate concluye que «el ciudadano no conoce las distintas formas de resolución amistosa».
El notario coincide con la filosofía de la reforma de la ley al señalar que «lo que hay que cambiar es la cultura del pleito. Si se van a tardar tres años en resolver un expediente, tal vez sea mejor buscar una salida antes, más próxima a los intereses de las partes, más realista y más rápida».
El precio también es un factor determinante. En el caso de un divorcio, por ejemplo, el proceso de mediación puede oscilar entre 300 y 600 euros, contando que cada sesión puede costar entre 40 y 70 euros. En cambio, un litigio llevado a los tribunales eleva el coste a varios miles de euros.
Es previsible que la fuerte demanda que se espera a partir de hoy genere un mercado de oferta y que de esa relación dependan los precios de los procesos de mediación cuando no sea la Administración la que los preste de manera gratuita.
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