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El Supremo rechaza rebajar la pena por el 'sí es sí' al violador en serie de Gipuzkoa

El Alto Tribunal rechaza la petición de rebaja de pena y confirma la condena de 12 años por la agresión de Beasain

Aiende S. Jiménez

San Sebastián

Lunes, 8 de mayo 2023, 13:48

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por el violador en serie de Gipuzkoa contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que le condenó a 12 años de prisión por violar a una joven de 19 años en Beasain ... usando cloroformo en 2019. Confirma así la pena de prisión y ya no cabe recurso alguno. Se pone así fin al caso que permitió poner rostro al agresor sexual que llevaba atacando a mujeres en el territorio desde hacía años.

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Los hechos ocurrieron en julio de 2019. El condenado, un varón de nacionalidad rumana de 37 años, trabajaba con el hermano de la víctima y sabía que iba estar sola en casa. Además, su sobrina trabajaba con ella, por lo que sabía sus horarios. Así, el hombre le esperó de madrugada en el rellano y cuando la joven salió a trabajar se abalanzó sobre ella, la empujó al interior de la vivienda, y le colocó un trapo con cloroformo en la cara. Estando la joven inconsciente en su cama G. G. C. la violó.

El primera instancia la Audiencia de Gipuzkoa condenó a G.G.C. a 15 años de cárcel, si bien el TSJPV rebajó esa pena a 12 años. El tribunal entendió que los hechos constituían un delito de agresión sexual en concurso ideal con un delito de lesiones, y no de dos delitos separados como recogía la primera la sentencia.

Sin embargo el agresor sexual en serie volvió a recurrir el fallo ante el Tribunal Supremo. Entre otros argumentos, la defensa alegaba que se había vulnerado el derecho a la presunción de inocencia y solicitaba además la aplicación de la ley del 'solo sí es sí' para conseguir una rebaja de la condena.

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El Alto Tribunal, además de desestimar los siete argumentos de recurso, ha negado también la aplicación de la nueva normativa en delitos sexuales. Y lo hace porque el TSJPV, si bien decidió imponer una única pena por agresión sexual en concurso con un delito de lesiones, lo hizo en su «máximo imponible», que tanto en la anterior ley como en la actual es de 12 años.

Además, según la nueva ley cabe imponer la agravante de sumisión química, ya que la joven fue dormida con cloroformo para consumar la violación, por lo que en todo caso la pena se vería incrementada, lo cual no se permite ya que la revisión de condenas solo se aplica si favorece al reo.

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