La Fiscalía de Gipuzkoa y el acusado de un intento de homicidio en Ordizia en 2022, al que pedían una pena de siete años de prisión, han llegado este martes a un acuerdo de conformidad en la Audiencia Provincial de Gipuzkoa al considerar que ... el agresor «presentaba un trastorno de consumo de alcohol de larga duración que limitaba sus facultades».
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Se ha suspendido la pena de prisión y a cambio el varón, al que se le ha reconocido la autoría del intento de homicidio, tendrá que permanecer en el centro de media-larga estancia de San Juan de Dios para tratar de completar el proceso de deshabituación durante un período de cuatro años, en el que no podrá cometer ningún delito y deberá seguir abstinente.
Los hechos ocurrieron el 23 de abril de 2022, cuando el acusado fue a buscar a un hombre a su domicilio en Ordizia armado con un cuchillo. No lo encontró ahí y lo buscó por las calles de este municipio de Goierri hasta que finalmente halló a su objetivo sentado de copiloto en una furgoneta, donde lo agredió con el arma blanca en el cuello «pretendiendo acabar con la vida de la víctima», según concluyó la Fiscalía de Gipuzkoa. Le clavó el cuchillo y acto seguido intentó «volver a acuchillarle», pero no lo logró al acelerar el conductor del vehículo para alejarse del lugar.
La víctima fue asistida en un primer momento en el ambulatorio de Beasain, pero fue trasladada de urgencia al Hospital de Zumarraga. Dada la gravedad que presentaba la herida, de unos dos centímetros de longitud y cuatro de profundidad, el herido fue derivado al Hospital Universitario Donostia, donde fue intervenido quirúrgicamente. Le ha quedado una cicatriz de siete centímetros en la zona cervical izquierda, cerca del lóbulo de la oreja.
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En el inicio del juicio que se ha celebrado este martes la Fiscalía ha rebajado su petición de la pena de prisión de siete a cinco años, pero después el abogado del acusado, que ha mostrado su «adhesión» al acuerdo de conformidad, ha defendido que su cliente «cumple todos los requisitos del artículo 80.5 del Código Penal» al considerar que los hechos se cometieron «bajo el trastorno de impulso».
Dicho artículo contempla la suspensión de penas de prisión que no sean mayores de cinco años al dictaminar que «el juez o el tribunal podrá acordar la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad no superiores a cinco años de los penados que hubiesen cometido el hecho delictivo a causa de su dependencia de sustancias (…) siempre que se certifique suficientemente, por centro o servicio público o privado debidamente acreditado u homologado, que el condenado se encuentra deshabituado o sometido a tratamiento para tal fin en el momento de decidir sobre la suspensión».
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Es el caso del acusado, que se encuentra internado en el centro San Juan de Dios, un centro «serio» en opinión de la juez, para tratar su trastorno de control de impulsos, acreditado por un informe forense del pasado mes de enero de este año. La Fiscalía ha aceptado las condiciones de esta pena, sin modificar la imposición de una orden de distanciamiento de la víctima de 200 metros durante los próximos doce años y del pago de 9.200 euros por la responsabilidad civil de los hechos que podrá pagar de manera fraccionada en un máximo de 24 meses «al encontrarse ahora totalmente concentrado en su tratamiento y no disponer en la actualidad ni de ingresos ni de trabajo».
Si el procesado incumple alguna de las dos condiciones, no delinquir y permanecer abstinente, ingresará en prisión.
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