A. I.
San Sebastián
Martes, 27 de agosto 2024, 12:02
Los ansiados viajes del Imserso están más cerca para las personas jubiladas y pensionistas de Gipuzkoa. El inicio de la venta de los billetes para para la temporada 2024-25 comenzará en Euskadi los próximos 25 y 26 de septiembre, según ha anunciado este ... martes la corporación empresarial Ávoris en un comunicado. La UTE TurismoSocial, adjudicataria de la gestión del programa de viajes para mayores del Imserso, pondrá a la venta un total de 886.269 plazas a partir del próximo el 23 de septiembre en el Estado.
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Las plazas del programa de viajes del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, orientado a los mayores y a precios asequibles, se pondrá a la venta en dos bloques, agrupando las comunidades autónomas. El 23 y 24 de septiembre será la venta en Andalucía, Aragón, Cantabria, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Extremadura, Madrid, Melilla y Murcia; y el 25 de septiembre se podrán reservar más viajes siempre que haya plazas vacantes.
El 25 y 26 de septiembre llegará el turno de Euskadi, Navarra, Asturias, Cataluña, Castilla-La Mancha, Ceuta, Galicia, Islas Baleares, Islas Canarias y La Rioja. Habrá una venta de posibles plazas vacantes a partir del 27 de septiembre.
La corporación empresarial Ávoris ha detallado en su comunicado que para los viajes a destinos de la costa peninsular habrá 443.887 plazas; para la costa insular 230.039 plazas y para escapadas y turismo europeo 212.343 plazas. La compañía ha indicado, además, que los precios varían en función del destino y la duración del viaje, con ejemplos como 124,68 euros por un viaje de cuatro días y tres noches a capitales de provincia, o 331,49 euros por un viaje de diez días y nueve noches en Baleares con transporte incluido.
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Para reservar plazas, será necesario abonar una cantidad fija que no superará el 20 % del importe total del viaje. Este pago deberá completarse 45 días antes del inicio del viaje, o en el momento de la reserva si el viaje comienza en octubre o noviembre y se reserva con menos de 45 días de antelación.
Las reservas podrán realizarse a través de agencias de viajes acreditadas, con la presentación única del DNI o en la web oficial https://www.turismosocial.com, donde será necesario aportar también la clave de acreditación remitida por el Imserso al beneficiario.
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Los servicios que incluye el programa son los siguientes: Alojamiento en régimen de pensión completa, en habitación doble a compartir en hoteles seleccionados por el Imserso. En capitales de provincia el alojamiento será de media pensión. Se contempla el alojamiento en habitación individual, que tendrá un suplemento de precio y estará sujeto a disponibilidad de plazas. Transporte de ida y vuelta en el medio de transporte programado, desde la capital de provincia de la persona usuaria hasta el hotel de destino y regreso, excepto en la modalidad de viajes sin transporte y viajes a capitales de provincia. Póliza de seguros colectiva. Servicio de medicina general, complementario de la Seguridad Social, en el propio hotel, excepto para los viajes de turismo de interior. Programa de animación socio-cultural.
De conformidad con la Orden SCB 926/2018, de 10 de septiembre, por la que se regula el Programa de Turismo del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, y la Resolución de 12 de junio de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convocan plazas para personas mayores que deseen participar en el Programa de Turismo del Imserso para la temporada 2024-2025, podrán acceder al programa:
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1
Ser pensionista de jubilación del sistema de Seguridad Social español
Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del sistema de Seguridad Social español
Ser pensionista por otros conceptos del sistema de Seguridad Social español o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más años de edad
Ser asegurado o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco años cumplidos o más años de edad
2
Españoles residentes en el extranjero siempre que reúnan alguno de los requisitos incluidos en el apartado 1.a). Así, los españoles residentes en Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza, podrán tramitarlo en las correspondientes Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
3
Españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países a los que hubieran emigrado.
Las personas usuarias podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad o pensión.
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Asimismo, podrán ir acompañadas de los/las hijos/as con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.
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En todo caso, las personas usuarias de plazas y sus acompañantes deben valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
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