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ANDRES VIEDMA
SAN SEBASTIÁN.
Miércoles, 14 de agosto 2019
Ahora que se suceden las salidas a las carreteras, más que nunca conviene tener claras algunas cosas con respecto a los carriles de circulación y la forma de utilizarlos. Antes de nada hay que explicar que la Ley de Seguridad Vial indica que los adelantamientos, ... por norma general, se deben producir por la izquierda. Aunque hay excepciones...
Una de las dudas más frecuentes entre los conductores estriba en si es posible adelantar por la derecha. En algunas ocasiones, seguramente por desconocimiento, hay conductores que no dudan en adelantar por la derecha cuando no pueden hacerlo por la izquierda o, únicamente, porque sí... Muchas otras veces se hace por las condiciones del tráfico, lo que pasaría a no considerarse como adelantamiento. El uso correcto de los carriles, ya sea en ámbito urbano o en carretera abierta, es imprescindible para la perfecta convivencia de todos los conductores y por la seguridad de todos. Vemos el tema teniendo en cuenta lo que dice la Ley de Seguridad, la DGT y algunos ejemplos al respecto que son importantes... Adelantar por la derecha conlleva multa.
El adelantamiento implica sobrepasar a otro coche que circula más lento: sales de tu carril hacia la izquierda, lo sobrepasas y vuelves a tu carril. En cambio, si tú circulas por un carril de la derecha y, por situaciones de alta densidad de tráfico o en retenciones, si terminas superando a otro coche situado a tu izquierda, eso ya se considera rebasamiento, algo que sí está permitido. Si cambias adrede al carril de la derecha para sobrepasar a otro vehículo y regresas al izquierdo, ya se considera un adelantamiento...ilegal.
Mirando directamente a la Ley de Seguridad Vial, 'Sección 6ª, Adelantamiento. Artículo 33, Normas generales', donde se especifica cómo se realiza un adelantamiento: 'En todas las carreteras, como norma general, el adelantamiento debe efectuarse por la izquierda del vehículo que se pretenda adelantar'.
En otro párrafo se dice que 'Cuando el conductor del vehículo al que se pretenda adelantar esté indicando claramente su propósito de cambiar de dirección a la izquierda o parar en ese lado, así como en las vías con circulación en ambos sentidos a los tranvías que marchen por la zona central'.
Otros contextos de rebasamiento y que tampoco se considera adelantamiento, por ejemplo, es cuando sobrepasas a un vehículo que está inmovilizado por algún motivo, ya esté estacionado, parado, por una avería o por accidente. Todo ello realizándolo con seguridad: 'si existe espacio suficiente para ello... y adoptando las máximas precauciones'. En el ámbito urbano sí que está expresamente permitido adelantar por la derecha cuando hay varios carriles para el mismo sentido, delimitados por marcas longitudinales, asegurándose antes de que la maniobra es segura y no se crea ninguna situación de peligro.
En autopista y en autovía está prohibido adelantar por la derecha, aunque hay excepciones. La infracción es grave y trae consigo una multa de 200 euros (sin pérdida de puntos).
En este contexto hay que recordar también que hacer un uso incorrecto de los carriles de la izquierda también supone una multa de igual cantidad que la anterior: 200 euros por usar un carril de la izquierda cuando se dispones de uno libre a la derecha y se entorpece además el tráfico a los vehícu los que circulan por detrás.
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