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El diputado de Junts, Josep María Cruset y la portavoz de Junts en el Congreso, Miriam Nogueras EP

PP, Vox y Junts tumban la ley de la izquierda que limita el alquiler de temporada

Los independentistas decidieron finalmente votar en contra, en vez de abstenerse, de una norma buscaba limitar los contratos a un mínimo de seis meses para «evitar fraudes»

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Martes, 17 de septiembre 2024

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Nuevo revés parlamentario para el Gobierno de coalición, aunque esta vez fuese a través de la negativa del Pleno del Congreso a la admisión a trámite de una proposición de ley de los socios a la izquierda del PSOE para modificar la Ley de Arrendamientos Urbanos y limitar el alquiler de temporada y habitaciones. El voto decisivo, como ya ha ocurrido en las últimas semanas, vino por parte de Junts, que finalmente se pronunció en contra -junto a PP y Vox- tras haber anunciado pocas horas antes que se iba a abstener en el debate de dicha norma.

Con esta derrota política el PSOE acumula ya un total de 35 votaciones parlamentarias perdidas desde la investidura de Pedro Sánchez, el pasado diciembre, como presidente del Gobierno en esta nueva legislatura -la primera fue en enero con la reforma del subsidio por desempleo, que Podemos frustró a última hora-. En esta ocasión la iniciativa legislativa había sido impulsada por los propios socios políticos de los socialistas: Sumar, ERC, Bildu, Podemos y BNG.

«Invasión» de competencias

La formación independentista catalana que lidera Carles Puigdemont argumentó su aparente cambio de postura en que «no será el partido que facilite una ley que invade competencias en Catalunya» y que el Gobierno central ya sabe que eso es una línea roja. En un mensaje en la red social X, el secretario general de Junts, Jordi Turull, dijo que «es una ley que lejos de solucionar el problema, lo agrava. Como la ley de vivienda -la proposición rechazada era en parte una extensión de la misma-, institucionaliza un modelo que considera que una habitación es una vivienda», un modelo que «no funciona».

La norma en cuestión, que había sido redactada por el Sindicato de Inquilinos, supone una reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos con el objetivo de equiparar los contratos temporales a los de vivienda habitual para desincentivar su uso y evitar fraudes que permitan sortear la Ley de Vivienda o subir los precios de manera continuada.

Las críticas no tardaron en llegar desde la izquierda parlamentaria tras consumarse el rechazo de la proposición. Por parte de Sumar rechazaron la posición de la formación catalana a última hora. «Teníamos el acuerdo con los grupos parlamentarios y los números para acabar con los abusos en el alquiler de temporada. Junts ha llamado 3 minutos antes de la votación para anunciar que cambiaban el sentido de su voto en contra de lo acordado», dijo su portavoz en el Congreso, Íñigo Errejón, informa Europa Press. Más severa se mostró la secretaria general de Podemos, Ione Belarra, quien tachó directamente de «vergüenza» la actuación de la formación soberanista catalana en este asunto.

Evitar fraudes

La norma en cuestión consistía en una reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos para equiparar los contratos temporales a los de vivienda habitual y así desincentivar su uso. También se buscaba evitar fraudes que permitan sortear la Ley de Vivienda o subir los precios de manera continuada, según Europa Press. Para dar más garantías, la proposición incluía a los contratos de temporada en la regulación del arrendamiento de vivienda habitual.

Asimismo, se añadía un nuevo artículo nueve bis para que el contrato de temporada no pueda exceder de seis meses. De esta forma, si se pasaban esos seis meses o se encadenaban más de dos contratos consecutivos, se entendería como un contrato de arrendamiento de vivienda habitual y le serían de aplicación todos los preceptos previstos para dichos contratos.

Por otro lado, la propuesta establecía que en los contratos temporales el arrendatario podría desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hubiera transcurrido al menos un mes desde su formalización, comunicándolo al arrendador con diez días de antelación, sin que en ningún caso dé derecho a indemnización.

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