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Beatriz Arnedo
Martes, 5 de marzo 2024, 11:49
La anulación por el Tribunal Supremo de la norma que recoge el traspaso por parte del Estado de la competencia exclusiva de tráfico a la Comunidad foral afecta a «las funciones o servicios prestados por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil en ... Navarra», según informa Diario de Navarra. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha recordado este punto de su sentencia al Gobierno foral, al desestimar la petición de aclaración que este le había formulado.
Hay que recordar que el Supremo, en una sentencia del pasado 15 de febrero, anuló el Real Decreto que recogía los términos del pacto alcanzado por ambos gobiernos para el traspaso en exclusiva de tráfico a Navarra y un acuerdo complementario que implicaba que en un plazo máximo de 4 años la Policía Foral sería la única en realizar la tarea de vigilancia y control de las carreteras. El Tribunal, en una sentencia firme, estimó la demanda presentada por la asociación profesional de guardias civiles Jucil, Justicia Guardia Civil.
El fallo judicial recogía literalmente: «Se estima la demanda y respecto de su alcance, precisamos que la nulidad del Real Decreto 252/2023, en cuanto que aprueba el acuerdo de traspaso más el complementario, alcanza a las funciones o servicios prestados por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil de Navarra».
La asesoría jurídica del Gobierno navarro pidió a la sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo que aclarara si la anulación del Real Decreto y del acuerdo complementario era «parcial» y solo afectaba a las funciones prestadas por la Guardia Civil de Tráfico en Navarra o si alcanzaba a todos los servicios de tráfico que pasó a asumir la Comunidad foral en exclusiva.
El Tribunal, en un auto conocido hoy, desestima esa petición del Gobierno y se remite a los términos de la sentencia, donde se precisa su alcance, que, como se indicaba, son las funciones y servicios que presta la Guardia Civil de Tráfico. Los magistrados añaden que eso está en relación con que quien demanda es una asociación de guardias civiles y «la sentencia razona exclusivamente sobre las funciones y servicios que en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor» desarrolla este cuerpo policial y sobre esos elementos se consideró además que Jucil estaba legitimado para presentar la demanda, agrega.
Indica que ni la sentencia se puede variar ni hay «punto oscuro que aclarar» ni error material o aritmético ni se ha omitido ningún pronunciamiento que exija completar la sentencia, por lo que resuelve que no ha lugar a la aclaración que pide el Gobierno foral.
Hay que recordar que con el traspaso de tráfico hay otras funciones que pasó a asumir Navarra y que ya había empezado a ejercer desde que en julio se inició oficialmente el traspaso, como lo relativo a las autoescuelas y centros de reconocimiento, cursos de reeducación vial por pérdida de puntos, campañas de formación vial, informe de eventos o cobro de tasas. El traspaso incluye además que Navarra también se encargue de tramitar y cobrar las multas de tráfico, pero no ahora, sino a partir del año 2025.
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