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El Ayuntamiento de San Sebastián va a recurrir la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Donostia que declaró ilegal la licencia de construcción del chalet situado en el paraje de Txalin en el barrio donostiarra de Igeldo, propiedad de la empresa Tavaro XXI S.L. cuya administradora única es Nagore Aranburu, mujer de Xabi Alonso.
El alcalde Eneko Goia, preguntado sobre este asunto en rueda de prensa, ha explicado que los servicios juridicos están analizando la resolución judicial que ha anulado la licencia «porque la cubierta del edificio es plana y no «a 2, 3 o 4 aguas» como indica la normativa que debería haberse construido. El regidor donostiarra ha destacado que este expediente nace en 2006 con la expropiación de un caserío en Martutene por las obras del tren de alta velocidad, lo que generó un derecho en el propietario de reconstrucción de su vivienda en otro terreno rural. «La sentencia no cuestiona ni la edificabilidad ni ordena la demolición» de la vivienda construida ahora en Igeldo, ha matizado el alcalde, como consecuencia de aquella expropiación y del doble traspaso de la licencia y la parcela efectuado a lo largo del tiempo.
El auto, fechado el 23 de enero, estima en parte una demanda presentada por Haritzalde Naturzaleen Elkartea e Ieltxo Kultur Elkartea el 29 de noviembre de 2022. Concretamente el auto anula la licencia concedida por el Ayuntamiento de Donostia en el año 2018 «por no ser ajustada a derecho» ya que, según explica el texto, no se ha reconstruido el edificio original -el caserío Goiatz Berri de Martutene, expropiado por las obras del TAV- y la nueva edificación «no se ajusta» a la tipología original.
¿Por qué el Ayuntamiento dio el visto bueno a la casa que pretendía construir Xabi Alonso en Igeldo si la normativa para reconstruir caseríos en suelo no urbanizable exigía respetar la composición y tipología del edificio original? La respuesta está en el informe que elabora el arquitecto municipal en octubre de 2018 y que acepta el diseño de la nueva casa porque es «más respetuosa con el entorno y se mimetiza con el paisaje, por lo que su presencia pasa más inadvertida que la de la propuesta anterior» y consigue «el fin señalado en el artículo 64 del PGOU de reducir y minimizar todo tipo de impacto paisajístico o ambiental».
Preguntado sobre si ese menor impacto medioambiental va a ser el argumento que va a defender el consistorio en los tribunales, Goia ha insistido en que los servicios jurídicos y de urbanismo están analizando en qué términos presentar dicho recurso.
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