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Una jueza anula la elección 'a dedo' de todas las jefaturas de la Ertzaintza

Una jueza anula la elección 'a dedo' de todas las jefaturas de la Ertzaintza

Estima la demanda del sindicato Erne al sentenciar que no basta con el concepto de "idoneidad" para asignar puestos de libre designación

David S. Olabarri

Martes, 22 de septiembre 2015, 15:49

«La provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas debe acomodarse con carácter general a procedimientos basados en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad». También en el procedimiento de libre designación -que otorga a las administraciones la capacidad de elegir de ... forma «discrecional» entre los candidatos que cumplen determinados requisitos para el desempeño de un puesto-, deben aplicarse «los mencionados principios» básicos que rigen la función pública. Estas dos frases son una parte esencial de los argumentos utilizados por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Vitoria para anular el último proceso de adjudicación de puestos en las principales jefaturas de la Ertzaintza, que empezó a desarrollarse en diciembre de 2013. La sentencia, que es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, estima parcialmente las pretensiones del sindicato Erne y subraya que las elecciones a dedo de funcionarios para determinados cargos de confianza deben tener límites. Por ejemplo, deben desarrollarse entre los candidatos que cumplan una serie de requisitos y méritos establecidos. Es decir, no basta con utilizar un concepto abstracto de «idoneidad» para nombrar a una persona u otra.

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