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J. F.
Jueves, 20 de marzo 2025, 18:01
La idílica estampa de tener unas gallinas en el corral para disfrutar de huevos frescos y caseros podría salir muy cara si no se cumplen los requisitos legales. Y es que al hilo de la crisis del precio de los huevos que se ha originado en Estados Unidos y ya nos ha llegado aquí, es más que una tentación para quiénes dispongan de terreno y sitio suficiente para tener gallinas.
Sin embargo, desde el pasado 1 de enero de 2024, la normativa obliga al registro de las gallinas, incluso si los huevos que producen se destinan únicamente al autoconsumo. El incumplimiento de esta ley puede llevar a sanciones económicas que oscilan entre los 600 y los 3.000 euros.
Según se desprende del Real Decreto de normas básicas de ordenación de las granjas avícolas, los propietarios de estas aves deben realizar una comunicación previa para que sus explotaciones, aunque sean de autoconsumo, se incluyan en el Registro general de explotaciones ganaderas. Esta obligación, establecida en el artículo 16 del citado decreto, busca garantizar un control sanitario incluso en los pequeños gallineros domésticos, previniendo posibles riesgos para la salud.
Aunque pueda parecer contradictorio, la ley establece que el autoconsumo de huevos de gallinas no registradas está prohibido y puede acarrear las mencionadas sanciones. Esta medida se fundamenta en la necesidad de mantener un registro exhaustivo de las aves de corral por motivos de sanidad animal.
Las multas por incumplir esta normativa se basan en diversas leyes, incluyendo la Ley de sanidad animal, la Ley para el cuidado de los animales, y el Real Decreto que regula las infracciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria. Dependiendo de la legislación aplicada, las sanciones por una infracción leve, como no tener registradas las gallinas, pueden ir desde los 600 hasta los 3.000 euros.
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Es importante destacar que, si bien las explotaciones de autoconsumo no necesitan solicitar una autorización previa como las explotaciones ganaderas al uso, sí están obligadas a comunicar su existencia y registrar sus animales. Además, deben identificar a un veterinario de referencia al que recurrir en caso de problemas sanitarios.
En casos donde no haya existido intención de incumplir la ley y el propietario no tenga antecedentes de sanciones previas, podría aplicarse un apercibimiento en lugar de la multa. Sin embargo, la norma general es clara: tener gallinas ponedoras, aunque sea para el consumo familiar de huevos, requiere su registro oficial para evitar costosas sanciones.
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