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Multa de tráfico de la DGT: la DGT no siempre te va a rebajar al 50% la multa por pronto pago

No te engañes: en estos casos la DGT no te va a rebajar ni un euro una multa de tráfico por pronto pago

La Dirección General de Tráfico establece cuatro situaciones que se salen de la norma y que, por su entidad o gravedad, conllevan el pago íntegro de la sanción

Xabier Garate

San Sebastián

Viernes, 13 de enero 2023, 08:17

La DGT lo tiene claro: si infringe una norma de tráfico, multa al canto. La Dirección General de Tráfico acostumbra a realizar una intensa labor de concienciación al volante para que los conductores no caigan en la relajación y se mantengan en permanente alerta al volante con el fin de respetar al máximo las indicaciones. Y todo para evitar la cantidad de situaciones de riesgo que se dan a diario en las carreteras, bien por conductas incívicas al volante, bien por distracciones que pueden salir muy caras. Pese a todos los esfuerzos de la DGT, son muchos los conductores que siguen saltándose a la torera la reglamentación y acaban infringiendo alguna normativa de tráfico, comportamiento que la Dirección General de Tráfico no duda en castigar con cuantiosas multas.

El proceso administrativo suele seguir siempre una misma pauta. Una vez que la Dirección General de Tráfico notifica la multa, el conductor sancionado tiene 20 días para proceder a su abono: si lo hace durante este periodo voluntario y realiza el pronto pago, la DGT le garantiza una rebaja del 50% del importe total de la sanción: En caso contrario, si el conductor sancionado opta por alargar el pago de la multa de tráfico deberá pasar por caja sí o sí… y abonando el importe de la multa al completo. Esta rebaja del 50% de la multa que establece la DGT suele suponer un pequeño alivio para el bolsillo del conductor… pero no siempre.

Las multas de la DGT, íntegras

La Dirección General de Tráfico establece una serie de infracciones de tráfico que, por su extrema gravedad, conllevan el abono de la multa económica de forma íntegra y, por tanto, los conductores no se beneficiarán de la rebaja del 50% del importe. Esto se da en los siguientes casos:

Inhibidores de radar

La labor de la DGT es supervisar y vigilar el cumplimiento de las normas en las carreteras, de ahí que castiga duramente a aquellos conductores que circulen con inhibidores de radar instalados en sus vehículos. La sanción también afecta a todo tipo de mecanismos que puedan interferir o afectar al correcto funcionamiento de los sistemas que utiliza Tráfico para vigilar el tráfico en las carreteras.

Identificación falsa

La Dirección General de Tráfico castiga especialmente que el conductor que ha cometido una infracción falsee su identificación, de ahí que en estos casos obliga al pago íntegro de la multa de tráfico.

Actividades industriales

Si estas conllevan un incumplimiento de las normas y afectan a la seguridad vial, la DGT establece una sanción que no podrá rebajarse en ningún caso.

Obras sin autorización o señalización

Cualquier obra que se quiera llevar a cabo en la vía obliga a una autorización del organismo correspondiente, de ahí que prescindir de ella o no señalizarla correctamente conlleva una sanción. Asimismo, la DGT también sanciona con el 100% del importe a pagar la retirada, alteración u ocultación de la señalización oficial.

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