![Indemnizan con 190.000 euros la muerte de un paciente con ictus](https://s3.ppllstatics.com/rc/www/multimedia/2025/02/11/tac-Rvv4knpLPo2wsD0utZYO98J-1200x840@RC.jpg)
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Un hombre de 58 años acudió a Urgencias con la tensión muy alta, de 210/110. En el Centro de Salud de Calatayud (Zaragoza) le dieron un tratamiento para disminuir la hipertensión que presentaba y le mandaron a casa. Pero al día siguiente su malestar ... se agravó con síntomas como inestabilidad al caminar, problemas en el habla (disartria), visión doble (diplopía), además de la tensión elevada de las horas anteriores. Así que volvió al ambulatorio, donde el médico advirtió la posibilidad de un ictus y decidió trasladarlo en ambulancia al hospital, acompañándole hasta su ingreso.
En el Hospital Ernest Lluch de Calatayud, el paciente J. C. V., residente en Zaragoza, se sometió a una tomografía. Tenía un aneurisma cerebral y un trombo. El centro sanitario contactó con otro hospital, el Miguel Servet, para pedir consejo y le dejaron en observación. Era 10 de diciembre de 2023 y esa madrugada empeoró su estado. Era grave, dice la denuncia de Ricardo Agoiz, abogado de la familia y adscrito al Defensor del Paciente. No podía expresarse ni comunicarse. Le acompañaba su esposa, que llamó a la enfermera.
Luego llegó el médico responsable que dictaminó que la situación no requería ninguna intervención inmediata. «No urgente» y «falto de sintomatología», escribió y recomendó repetir la tomografía (TAC) para la mañana siguiente, y así esperar que se incorporara la neuróloga en su horario habitual.
Llevaron a J. C. V. a una nueva prueba, «viendo la esposa del paciente cómo llegó la neuróloga al Servicio de Urgencias de forma apresurada» y solicitó su traslado al otro hospital de la ciudad. A las 11 horas le ingresaron en la Unidad de Ictus. A la familia le notificaron que el ictus lo había sufrido esa madrugada. El paciente empeoró y le llevaron a la UCI. El 3 de febrero falleció en el segundo hospital.
Ante la duda de «si el desenlace podría haber sido otro, de haberse procedido correctamente con el procedimiento establecido para el 'código ictus'», activado el día 9 de diciembre, la viuda interpuso una «una reclamación de responsabilidad sanitaria ante el Gobierno de Aragón» el 22 de febrero de 2024.
En la demanda argumentó que J. C. V. era un «paciente de alto riesgo, que no fue trasladado a una unidad de ictus para una vigilancia neurológica estricta (…) a pesar de la sintomatología que presentaba».
La semana pasada la viuda alcanzó un acuerdo con la aseguradora de la Administración aragonesa por 190.000 euros por «daños y perjuicios sufridos como consecuencia de la asistencia sanitaria prestada». Con este acuerdo la familia renunció a ejercer otra demanda por cualquier consecuencia «aunque no fuesen conocidas o se hubiesen manifestado».
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