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Gabriel González
Miércoles, 25 de septiembre 2024, 08:15
Un hombre de 74 años acaba de conseguir que un juzgado de Tafalla le reconozca como hijo biológico extramatrimonial de un varón que murió en 1983. La demanda había sido interpuesta contra dos hermanas octogenarias, herederas del fallecido, pero los resultados de ADN tras la exhumación del cadáver fueron tan concluyentes (un 99,99% de probabilidad), que tanto ellas como la Fiscalía se mostraron de acuerdo con la filiación paterna reclamada. Como consecuencia de este reconocimiento, el demandante podrá exigir su parte de la herencia, que según su abogado es «importante».
Según informa Diario de Navarra, su demanda relataba que, allá por 1948, en una localidad de Castilla-La Mancha, su abuelo materno alquiló una habitación a su futuro padre, que era compañero de trabajo de un tío carnal suyo. Fruto de la convivencia, se inició una relación entre el nuevo huésped y una de las hijas del propietario de la casa, la que sería su madre. Ella se quedó embarazada, ante lo cual su padre reaccionó con evasivas, pues estaba casado. Cuando el padre de la mujer lo supo, echó al hombre de casa. A ella le permitieron seguir en la vivienda hasta el nacimiento, continuaba la demanda. Después, fue enviada con unos familiares.
Con el tiempo, el demandante acabó en otra familia. Y como tenía conocimiento de quién podía ser su padre, realizó varios intentos por conocerle, algo que nunca ocurrió. Su progenitor murió en 1983, pero eso no frenó al reclamante, que en los últimos años llegó a contactar con una de sus descendientes.
Ya en 2022, representado por el abogado Fernando Osuna, presentó una demanda contra las dos hijas de su entonces presunto padre biológico, dos octogenarias que viven en una localidad de la Zona Media de Navarra. El demandante no reside en la Comunidad foral. El abogado afirmaba que tenía pruebas, algunas de ellas de testigos, de que el padre de las dos mujeres era también el de su defendido. Las dos demandadas, ajenas a todo el relato que contenía la demanda, se opusieron a la reclamación.
El letrado solicitó que antes del juicio se hiciera una prueba biológica. Ante las evidencias presentadas, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Tafalla estimó que se practicara primero la prueba a las dos mujeres. El resultado no fue concluyente, por lo que hubo que llevar a cabo la exhumación de los restos cadavéricos del padre. En este caso, los resultados de Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses fueron rotundos; concluyeron que el fallecido era el padre del demandante al 99,99%. A la vista de esta prueba, todas las partes y el Ministerio Fiscal mostraron en el juicio su conformidad con la declaración de filiación reclamada.
Inicialmente, la demanda también solicitaba la condena en costas para las dos mujeres. El juzgado ha rechazado esta petición. Argumenta que el hecho de que se haya tardado tantos años en presentar la demanda «ha dificultado» el resultado del procedimiento. «Si hubiese presentado la demanda en vida del padre o incluso de la madre, las pruebas biológicas habrían sido más sencillas y eficaces. Y al menos las demandadas podían haber contado con una explicación del padre o madre para poder plantear su posición». La magistrada también justifica la postura inicial de negativa de las dos mujeres: «Llevaban toda una vida, ochenta años, desconociendo la existencia de un hermano».
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