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Antes de la pandemia a menudo nos íbamos de viaje y conviene recordar que, a veces, las cosas no salían como habíamos previsto. Como le ocurrió a una familia bilbaína que se encontró el paraíso caribeño donde iba a pasar sus vacaciones cubierto de algas. ... Un paisaje que no tenía nada que ver con las fotos que les habían enseñado en la agencia de viajes. La frustración dio paso a la acción legal y, tras más de un año de proceso judicial, el juzgado de Primera Instancia número 13 de Bilbao les reconoce el derecho a ser indemnizados con 5.313 euros porque lo que se encontraron en la Riviera Maya mexicana no fue lo que se les había prometido.
«Tenemos bastantes casos de este tipo», apunta Iñaki Velasco, abogado de la asociación de consumidores vasca EKA-ACUV, que ha ejercido de parte demandante. Y entiende que esta resolución judicial es relevante porque, pese a no ser firme (la parte demandada, la agencia Travelsens, aún puede recurrir), sí refleja un claro posicionamiento de la juez en favor de los particulares. Tanto es así que contempla no sólo la devolución de parte de lo pagado por el viaje, sino también una indemnización por daños morales.
La pareja de Bilbao y su hijo habían contratado un hotel y demás servicios en Playa del Carmen cuyo mayor atractivo era, precisamente, la playa que tenían enfrente y donde pensaban también ir a bucear. El shock llegó cuando, una vez en el destino, se la encontraron atestada de sargazo, un tipo de alga bastante presente por allí en los últimos años.
La agencia no avisó de la presencia de sargazo pese a que era un problema recurrente en la zona
La agencia de viajes, durante el proceso judicial, alegó que ese contratiempo entra dentro de la categoría de causas de fuerza mayor, porque lo que trae el mar y cuándo lo trae es algo imprevisible. Sin embargo, la juez Paula Boix, que firma la sentencia, no lo cree así. «En este caso no concurren los presupuestos para apreciar la fuerza mayor porque cuando se contrata el viaje, en mayo de 2018, el fenómeno de la llegada masiva de algas ya era algo conocido en aquella zona, se presentaba de manera recurrente desde hacía años y de hecho se estaba produciendo en ese momento», razona.
La situación habría sido muy distinta si la agencia de viajes hubiese informado a sus clientes de que se iban a encontrar con este incordio y estos, conociéndolo, hubiesen asumido los riesgos. Pero según la sentencia, que asume la tesis de la parte demandante, tampoco fue así. «Ha quedado acreditado que la agencia minorista no informó a los actores de la existencia de este fenómeno en el momento de la contratación ni en los días previos a la salida, pese a que ya se estaba desarrollando en las playas de la zona de destino».
En la sentencia, fechada el 21 de septiembre, se establece que la familia bilbaína tiene derecho a que le devuelvan el 30% del precio del viaje (no la totalidad porque, al fin y al cabo, aunque no pudieron ir a esa playa sí disfrutaron de otros atractivos locales y de arenales próximos), lo que supone 2.613 euros. Además, se establece una indemnización por daños morales de 30 euros por persona y día, que suponen otros 2.700. En total, los mencionados 5.313. No son los 13.519 que habían reclamado los demandantes -que pretendían la devolución de todo lo pagado y daños morales de 60 euros por persona y día-, pero aún así lo consideran como un triunfo y una puerta a que se siga el mismo criterio en casos similares.
El abogado Iñaki Velasco hace especial énfasis en el reconocimiento de los daños morales. Unos efectos que siempre son muy difíciles de cuantificar pero que sí existen desde el momento en el que no sólo se ven frustradas las expectativas de los viajeros, sino que también ven de algún modo malgastadas sus vacaciones.
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