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Si un menor de edad consume alcohol en Euskadi se expone a una multa que va de los 30 a los 600 euros. Una ... medida sancionadora que acaban pagando los padres y que resulta poco o nada educativa o disuasoria para los chavales que cometen la infracción. El Gobierno Vasco ha elaborado un proyecto de decreto por el que regulará la sustitución de este tipo de sanciones por otras medidas «pedagógicas y educativas», según figura en el borrador del documento al que ha tenido acceso este periódico. La medida inicia su camino parlamentario en un contexto de proliferación de botellones y del problema al que se enfrentan policías locales y Ertzaintza para poder controlar esas aglomeraciones en pandemia.
La sustitución de la multa por una medida alternativa se aplicará en aquellas denuncias que se interpongan por incumplir la Ley 1/2016, de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias, aprobada hace cinco años. La norma regula el consumo de sustancias adictivas legales en Euskadi, como son el alcohol y el tabaco, y tiene como principal objetivo la prevención y la asistencia de las personas consumidoras. Además, como novedad, el texto también incluyó las adicciones comportamentales, como son la adicción al juego o a las nuevas tecnologías. En dicha ley ya se recogía la posibilidad de sustituir las multas por otras medidas, y algunos ayuntamientos como el de Donostia lo vienen aplicando desde hace años, pero ahora el objetivo del Gobierno Vasco es regular el sistema de sustitución de las sanciones y unificar el procedimiento en todos los municipios.
El decreto limita la aplicación de estas medidas a aquellos que sean denunciados por cometer infracciones leves o graves a la Ley Vasca de Adicciones, pero con preferencia en el caso de que los infractores sean menores de edad o personas hasta los 25 años. No obstante, aquellos jóvenes que sean reincidentes no podrán beneficiarse.
Ley Vasca de Adicciones Se podrá aplicar a quienes cometan una infracción leve o grave, castigadas hasta con 10.000 euros
Responsabilidad El primer requisito es que los jóvenes reconozcan los hechos de forma voluntaria
Precedentes Algunos ayuntamientos como el de Donostia llevan años desarrollando programas sustitutivos
Las infracciones leves conllevan sanciones desde los 30 a los 600 euros, y son, por ejemplo, las que se interponen a menores de edad que consumen alcohol, o a aquellas personas que lo hacen en lugares que están prohibidos. Entre las graves se encuentra el suministro o venta de alcohol y tabaco a menores de edad, y están multadas desde los 601 a los 10.000 euros.
Desde el Ejecutivo explican que esta ley «no se utiliza exclusivamente con afán recaudatorio, sino como una herramienta de carácter educativo, preventivo y de toma de conciencia social». El objetivo de apartar las multas en favor de otro tipo de actividades socioeducativas sería, por tanto, fomentar que los chavales se responsabilicen de sus actos. Así, el primer requisito para poder reemplazar una sanción económica por una medida alternativa es que el infractor reconozca su responsabilidad de forma voluntaria. Una confesión «clave» para garantizar su «cooperación».
Respecto al tipo de medidas alternativas que plantea la norma, pueden ser tres, que en algunos casos podrían combinarse. Por un lado, los trabajos en beneficio de la comunidad. Son, describe el decreto, «actividades públicas, con interés social y valor educativo», que sirven de «reparación para la comunidad perjudicada por la infracción cometida».
En segundo lugar, los jóvenes se pueden someter a un programa preventivo de carácter formativo. Se trata de una actividad educativa que persigue «la sensibilización y la concienciación sobre los riesgos del consumo de sustancias», además de reflexionar sobre el motivo por el que han sido sancionados.
Cuándo se aplica
Tipo de infracción Cuando se vulnere de forma leve o grave la Ley 1/2016 de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias de Euskadi. Por ejemplo, el consumo de alcohol por parte de menores o la venta o suministro a estos.
Para quién Personas mayores y menores de edad empadronadas o residentes en Euskadi, preferentemente menores y personas de entre 18 y 25 años.
Excepción No podrán optar a medidas alternativas aquellos jóvenes que sean reincidentes en infringir la citada Ley.
Requisito Los jóvenes que sean denunciados y quieran sustituir la multa deberán reconocer la infracción voluntariamente.
Medidas alternativas
Trabajos Actividades en beneficio de la comunidad con interés social y valor educativo. Un mínimo de 20 horas.
Programas Actividad educativa para sensibilizar y concienciar sobre los riesgos del consumo de sustancias y para reflexionar sobre la conducta objeto de sanción. Un mínimo de 8 horas.
Tratamientos Medida para personas que tienen un patrón de consumo que evidencia la existencia de una dependencia. La duración la determinará el centro donde se realice.
Objetivos
Pedagogía La normativa se quiere utilizar como una herramienta de carácter educativo, preventivo y de conciencia social sobre los límites.
Prevención Prevenir y reducir las conductas de riesgo relacionadas con el consumo de sustancias. Aumentar la percepción social del riesgo asociado al consumo de drogas.
Detección Detectar situaciones de riesgo y derivar a las personas que las padecen a recursos sociosanitarios en caso de ser necesario.
Apoyo Implicar a padres o tutores en la reconducción de la conducta de sus hijos, dándoles información y ayuda.
Por último, los infractores también pueden participar en un programa de tratamiento, una medida que se aplicaría en casos donde exista una evidente dependencia a tóxicos por patrones de consumo o policonsumo.
Además de que los jóvenes opten a estas medidas de forma voluntaria, deben prestar su consentimiento para realizar la actividad concreta propuesta para ellos, que en caso de los menores de edad deberán autorizar sus padres o tutores. Se logra así su implicación en la reconducción del comportamiento de sus hijos, ofreciéndoles ayuda cuando lo necesiten. Con este sistema, el Ejecutivo vasco no solo persigue prevenir y reducir las conductas de riesgo relacionadas con el consumo de drogas entre los jóvenes, sino también detectar situaciones de riesgo e intervenir si es necesario.
Tal y como detalla el texto del decreto vasco, cuando un menor o joven sea sancionado, se le informará de que puede optar a sustituir la multa impuesta. Después, tendrá un plazo de 15 días para solicitarlo ante el órgano que impone la sanción (dependiendo de si es la Ertzaintza o la Policía local), en la cual debe constar su reconocimiento expreso de responsabilidad de la infracción.
Respecto a la duración de las medidas alternativas, esta se determinará en función de si la persona infractora es mayor o menor de edad y de la gravedad de la infracción. No obstante, los trabajos en beneficio de la comunidad no podrán ser de menos de 20 horas, los programas formativos no serán inferiores a las 8 horas y, en el caso de los tratamientos, su duración la determinará el centro en el que se realice.
Para la elaboración del decreto, el Ejecutivo vasco ha tenido en cuenta las experiencias llevadas a cabo en municipios como Donostia, que desde 2007 sustituye las sanciones por consumo de drogas que interpone la Guardia Municipal a los adolescentes por otras medidas. Es una iniciativa conocida popularmente como 'quitamultas', en la que el año pasado tomaron parte 89 jóvenes, 92 familiares y dos educadores, con un grado de satisfacción del 93%. En la mayoría de casos, los chavales fueron sancionados por consumir alcohol y cannabis. Respecto al perfil, un 72% son chicos entre 16 y 19 años.
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