La diputada foral de Gipuzkoa, Itziar Agirre. José Mari López

La donación familiar a menores de 36 años para comprar vivienda no tributará

Bizkaia y Araba se equiparan a Gipuzkoa y limitan los gastos deducibles a los propietarios de viviendas turísticas

Lunes, 11 de noviembre 2024, 01:00

Las ayudas relacionadas con la vivienda que recoge el anteproyecto de Reforma Fiscal pactado entre el PNV y el PSE no se le limita a favorecer el alquiler, pese a que aglutina el grueso de las deducciones. La vivienda en propiedad tiene también un ... apartado que no es baladí. Y es que el dinero que los padres, abuelos, tíos o hermanos puedan dar para esa compra quedará exento del Impuesto de Donaciones. De este modo, hasta 30.000 euros entregados por familiares de hasta segundo grado escaparán a la rendición de cuentas con Hacienda, según confirmaron a este periódico fuentes del fisco guipuzcoano.

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Esta medida responde a una preocupación de la que se hizo eco el pasado viernes el propio lehendakari Imanol Pradales al apuntar que la reforma fiscal de las diputaciones favorecería el alquiler, pero no olvidaría el apoyo a la compra. Para lo que recordó que «nueve de cada diez jóvenes que viven de alquiler lo consideran una situación temporal». «Si todos los recursos se destinan exclusivamente al alquiler, solo las personas ricas o las que reciben una casa en herencia pueden ser propietarias», remarcó. Con esa medida se quiere tener en cuenta el 20% del valor de un inmueble que habitualmente los bancos no cubren en el importe de la hipoteca.

Otra novedad es la de que los menores de 36 años podrán hacer como las empresas y generar bases imponibles negativas. Es decir, tendrán el derecho a acumular hasta durante cinco años el importe de deducciones no satisfechas porque no pagaban lo suficiente a Hacienda. El planteamiento permitirá ir acumulando esos derechos para que si llega un ejercicio en el que los ingresos son mayores y, por lo tanto, también los pagos en IRPF, puedan minorarse a cargo de lo generado en años anteriores.

Para las viviendas turísticas, Bizkaia y Araba van a imitar a Gipuzkoa y romper un viejo principio que establece que es deducible cualquier gasto que sea necesario para obtener el ingreso. Así, los pisos dedicados al alquiler por días o temporada –los que no constituyan una vivienda habitual para sus inquilinos– tendrán limitados los gastos que podrán deducir y no podrán superar el 20% de los ingresos. Tan solo se podrá superar ese porcentaje con los gastos financieros –los intereses de un crédito que sirvió para adquirir la propiedad del inmueble–, pero se mantendrá ese tope referencia para el resto de apartados: agua, electricidad, gastos de comunidad, limpieza, seguros...

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