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Se viene una pequeña gran revolución en cuanto a normativa y multas para conforme acaben las vacaciones. Los textos legales aún deben ser refrendados por las Cortes Generales, por lo que su aplicación no sería inmediata, aunque si bien podrían ser efectivos durante los últimos ... meses. Pero si el Congreso de los Diputados aprueba la reforma de la Ley General de Tráfico, el mes de septiembre se va a estrenar con nuevas medidas de la Dirección General de Tráfico (DGT). Medidas importantes que, de una manera o de otra, te van a afectar cuando estés al mando de un vehículo.
Y es que la DGT quiere perseguir el empleo excesivo de dispositivos electrónicos mientras se conduce. La irrupción de los teléfonos móviles no sólo ha transformado la vida cotidiana, sino que se han convertido en un peligro si se utilizan en un coche. De ahí que las normas están enfocadas al uso de detector de radares, al empleo de móvil o dispositivos de comunicación, o la utilización de cascos o auriculares, entre otros. Los nuevos cambios endurecen las normas que ya existían:
Empleo de detector de radares: 200 euros y 3 puntos del permiso.
Uso del móvil y conducir con auriculares o cascos: 200 euros.
Conducir con el móvil en la mano: 3 a 6 puntos del carnet.
Usar el móvil sin tenerlo en la mano: 200 euros y 3 puntos.
Otra de las normas que se contemplan en la nueva reforma es la eliminación de la posibilidad de aumentar en 20km/h en los adelantamientos en vías interurbanas o carreteras secundarias. En este caso el director de la DGT, Pere Navarro, ya señaló que esta norma «hace legal un exceso de velocidad».
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ÓSCAR SÁNCHEZ
Mikel Madinabeitia
Mikel Madinabeitia
Sin embargo, se incorpora una nueva medida enfocada a aquellos vehículos que se encuentren parados y aparcados en doble fila o por un tiempo superior a 1 minuto. En estos supuestos, los conductores deberán apagar el motor aún cuando se permanezca en el interior del automóvil. Si no se cumple la norma, se sancionará con 100 euros. En este supuesto no se cuenta ninguna de las paradas obligatorias en plena circulación como vendría a ser un semáforo en rojo, un STOP, ceda al paso o atasco.
Lo que la DGT desea es sancionar a aquellos conductores que detienen el vehículo y no apagan el motor, situación que se da por ejemplo en un estacionamiento. De esta forma el motor del vehículo sólo deberá estar encendido para circular, siendo igualmente multado aunque el conductor permanezca en el interior del vehículo. Estarán exentos de esta medida aquellos que cuenten con la categoría de 0 emisiones en la clasificación medioambiental, los de transporte público y los ocio-sanitarios, entre otros.
Por último, será obligatorio el uso del casco para los usuarios de patinete eléctrico y otros vehículos de movilidad personal.
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