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El caso de la agresión sexual sufrida por Cristina a cargo de una persona con características muy específicas abre un debate sobre si debe ... primar la seguridad, protección y bienestar de la víctima o el cuidado, tratamiento y atención institucional de una persona enferma, sin hogar y en situación de exclusión social.
Fuentes de San Juan de Dios admiten que han planteado a la empresa de seguridad para la que trabaja la víctima que le asigne otro destino. «Entendemos que es la mejor solución para todos», subrayan insistiendo en que el caso de W.L. es «muy particular» y «nuestra obligación y la de la Diputación es atenderle y evitar que se quede en la calle».
En este sentido, señalan que «no existe ningún otro dispositivo en Gipuzkoa con las características para atender a este perfil de personas». «Gente que vive en la calle con problemas de salud mental severos necesita centros específicos como este», subrayan.
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Respecto a los posibles incumplimientos de la orden de alejamiento, interpretan que lo que dictamina el juez es que no coincidan agresor y víctima, no que no se pueda seguir atendiendo a W.L. en Errondo «mientras ella no esté». En cualquier caso, destacan que «nosotros no podemos hacer nada en este sentido. Es la Diputación la que decide dónde se atiende a cada persona necesitada».
Fuentes del departamento foral de Políticas Sociales se expresan en los mismos términos. Apuntan a la «alta vulnerabilidad» de esta persona, y a la «imposibilidad» de derivarle a otro centro durante el día porque es en Errondo «donde tiene un itinerario personalizado y necesita seguimiento, atención y medicación» específicas.
Añaden que «se le ha derivado a otro centro para pernoctar buscando una solución respetando el deseo de la mujer de seguir trabajando en el mismo sitio».
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