Sentencia contra tres menores guipuzcoanos
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Sentencia contra tres menores guipuzcoanos
Una condena extraordinaria en Gipuzkoa por no vigilar a los hijosLa condena a cuatro menores, tres de ellos guipuzcoanos, como autores del incendio provocado en un chalet en Castiello de Jaca, y por el que sus progenitores deberán pagar medio millón de euros de indemnización, es un caso único en Gipuzkoa, al menos en los ... últimos 12 años, según fuentes judiciales consultadas. La sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, detalla aspectos como la cuantiosa indemnización que deberán desembolsar de forma íntegra los padres de los menores al considerarles «responsables civiles» de los actos de sus hijos menores. Según recoge el escrito, las defensas de los padres solicitaron reducir este importe, que asciende hasta los 557.563 euros, y la moderación de la responsabilidad de los progenitores «al no haber favorecido la conducta de los menores con dolo o con negligencia».
Esta posibilidad se incluye como excepción en la LORPM (Ley Orgánica reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores) pero para proceder a la misma, los padres deben acreditar que han empleado las precauciones adecuadas para impedir la actuación delictiva de los menores. Sin embargo, según el texto de la sentencia, «no se ha practicado ninguna prueba al respecto» y las defensas se han «limitado» a solicitar esta rebaja. «Corresponde a los padres acreditar que obraron con la diligencia debida en su deber de vigilancia, educación y formación integral respecto del menor y, al no haberse acreditado, no procede moderación», reza la sentencia.
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La vivienda quedó «totalmente» destruida a consecuencia del incendio que provocaron estos cuatro menores el pasado 17 de abril de 2022. La jueza les ha condenado ahora a pagar 557.563 euros –533.775 euros por valor de reconstrucción, incluida la demolición y desescombro y 23.788 euros por el contenido–. Los menores fueron detenidos durante unas horas por estos hechos y se les tomó declaración en la Fiscalía de Menores de Gipuzkoa por auxilio fiscal (a requerimiento de la Fiscalía de Huesca).
Artículo 61.3 de la Ley Orgánica de la Responsabilidad Penal de los Menores El texto establece que «cuando el responsable de los hechos cometidos sea un menor de dieciocho años, responderán solidariamente con él de los daños y perjuicios causados sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, por este orden. Cuando éstos no hubieren favorecido la conducta del menor con dolo o negligencia grave, su responsabilidad podrá ser moderada por el Juez según los casos».
Las defensas y responsables civiles alegaron que el pago de esa cantidad resultaba «excesivo» y que «no corresponde con el valor de la compra de la vivienda», que fue de 320.000 euros en el año 2019, planteando un posible enriquecimiento ilícito. Sin embargo, este argumento fue rechazado por la jueza, que fija la indemnización en base al precio actual de mercado del inmueble.
Los cuantiosos daños causados por el incendio también llevaron a las defensas utilizar distintos argumentos para intentar reducir ese medio millón de euros que deberán desembolsar los padres de los menores. Los letrados insinuaron una hipotética responsabilidad del propietario «por no haber actuado de modo que evitara que entraran» en su propiedad. Aunque los cuatro menores reconocieron que accedieron al interior de la vivienda «excusaron su comportamiento» argumentando que «no sabían que estaban entrando sin permiso o que era una casa abandonada». Ninguna de estas dos justificaciones ha sido admitida, ya que «el acceso a través de una puerta de cristal rota no es un modo de entrar a un inmueble que lleve a pensar que se cuenta con autorización para ello».
En cuanto al estado de abandono, tampoco se considera «una explicación verosímil». El propietario había adquirido el chalet en 2019 como segunda residencia. Había estado dos meses antes para pasar un fin de semana. Además, estaba en perfecto estado «antes de que los menores comenzaran a usarla como local de fiestas en la Semana Santa de 2022», lo que da a entender que no era la primera vez que allanaban esta propiedad. Estaba amueblada, tenía suministro de agua y eléctrico y en la bodega había vinos, copas de cristal... como se ve en el vídeo y en las fotografías de TikTok del teléfono de uno de los menores. En ellas salían posando y brindando la noche del suceso. Esa noche, los menores accedieron a la casa por la puerta de atrás, que estaba rota, y una vez dentro entraron en la bodega rompiendo el cristal de la ventana con una piedra. Allí permanecieron un rato fumando y abriendo botellas de vino. Después fueron al salón con una garrafa de gasolina que cogieron de la bodega. Uno de ellos llenó un vaso de gasolina y lo encendió, lo que provocó una fuerte llamarada que se extendió por toda la estancia.
Un año después, la jueza ha condenado a los cuatro menores por un delito de allanamiento de morada y de daños por imprudencia grave. La magistrada impone a dos de ellos doce meses de libertad vigilada; un tercer menor deberá asistir un año a un centro de día y el cuarto tendrá que hacer tareas socioeducativas seis meses.
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