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La entrada al centro de Donostia por el paseo de Bizkaia es una de las vías urbanas que soporta más tráfico. borja luna
Donostia e Irun multarán con 200 euros a quien conduzca por el centro sin autorización en 2023
Movilidad

Donostia e Irun multarán con 200 euros a quien conduzca por el centro sin autorización en 2023

Expertos en movilidad reunidos desde hoy en la ciudad fronteriza ultiman una ordenanza tipo que regulará las zonas de bajas emisiones a partir del próximo otoño

Oskar Ortiz de Guinea

San Sebastián

Miércoles, 5 de octubre 2022

Más caminar, más ir en bici o patinete y más utilizar el transporte público. O lo que es lo mismo, menos uso del vehículo privado en los municipios de cierto tamaño. Los cambios normativos, como la llegada de las nuevas zonas de bajas emisiones, pretenden conseguir unas ciudades cada vez más sostenibles. La transición debía ser una realidad al inicio de 2023, pero el proceso va a exigir un plazo más amplio, y se prevé que cristalice el próximo otoño o a más tardar el invierno posterior, cuando entre en vigor la Ley de Movilidad Sostenible –aún en fase de anteproyecto–.

La nueva norma afectará a todas las capitales de provincia y localidades de más de 50.000 habitantes –que en el caso de Gipuzkoa son San Sebastián, que ya tiene perfilado su 'Datorren Donostia', e Irun, que también ha avanzado su plan de movilidad–, mientras que los municipios de más de 20.000 habitantes también deberán dotarse de un plan de movilidad sostenible. Las instituciones se preparan ya para ello y subrayan la tarea didáctica que tienen por delante para tratar de concienciar sobre el nuevo modelo a la ciudadanía. Y allá donde no lleguen las palabras y la pedagogía, tratarán de hacerlo las medidas coercitivas. Así, la nueva ordenanza sobre la que trabajan los ayuntamientos para sacar los coches de los centros urbanos prevé un régimen sancionador con multas de 200 euros para las infracciones tipificadas como graves. Es decir, circular en un vehículo por el centro de una ciudad sin autorización.

La consecución de comunidades y ciudades sostenibles es uno de los 17 objetivos de desarrollo sostenible establecidos por la ONU para tratar de paliar, entre otros factores, el aumento de la contaminación como consecuencia de la mayor densidad de tráfico en los núcleos urbanos, así como los efectos del cambio climático sobre la salud humana. Y la hoja de ruta para conseguir urbes más saludables la marcan la Ley de Cambio Climático y Transición Energética y la futura Ley de Movilidad Sostenible, que se prevé sea aprobada en un año.

Las claves

  • Ley de movilidad sostenible Actualmente se encuentra en fase de anteproyecto y su aprobación no se prevé para antes de otoño de 2023

  • Zonas de bajas emisiones Los municipios de más de 50.000 habitantes deberán definir áreas limitadas a la circulación de vehículos

  • Delimitación geográfica Los espacios con menor contaminación del aire y sonora podrán ser ámbitos escolares y hospitalarios

  • Normativa municipal tipo Los ayuntamientos podrán autorizar el acceso a las ZBE a discapacitados y servicios públicos, sanitario o esencial

La primera obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes –y también a los de más de 20.000 cuando se superen unos valores límites de los contaminantes regulados en el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la calidad del aire– a disponer de Planes de Movilidad Urbano Sostenible (PMUS) y zonas de bajas emisiones (ZBE), cuya incidencia en su día a día es lo que más preocupa a buena parte de la ciudadanía. Y se espera extraer una respuesta práctica de las 'Jornadas sobre cambio normativo y transformación urbana' que entre hoy y mañana van a tener lugar en el recinto Ficoba de Irun, en la que tomarán parte expertos y organismos de todo el Estado.

«Muchos municipios ya están ejecutando su propia normativa» de bajas emisiones, «pero otros no», asegura José Antonio Santano, alcalde de Irun y presidente de la Comisión de Transportes, Movilidad Sostenible y Seguridad Vial de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP). A partir de las conclusiones que se extraigan de la reflexión y el debate que susciten la cita de Ficoba, esta comisión planteará «una propuesta de ordenanza tipo sobre la creación y gestión de las ZBE», que pretende ser «una guía» que cada ayuntamiento podrá adaptar a sus circunstancias, explica Santano.

En estas ZBE se aplicarán restricciones de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos, con el fin de mejorar la calidad del aire y mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero. Según la propuesta de ordenanza sobre la que se trabajará en Irun, estas áreas de especial protección podrán no ser únicamente los centros urbanos, sino también «entornos escolares, hospitalarios o residencias de ancianos», en los que se preservará «la buena calidad del aire» y también «del ámbito sonoro». Lógicamente, la implantación de estos espacios deberá responder a una planificación urbana integradora y coherente.

Los datos

  • Zonas de bajas emisiones (ZBE)

  • Definición Es un área geográficamente delimitada donde se restringe el acceso a ciertos vehículos contaminantes, con el fin de reducir la contaminación del aire.

  • En vigor Ciudades como Madrid o Barcelona ya cuentan con estos espacios de atmósfera protegidos en sus centros urbanos. En un año, las principales urbes del Estado también tendrán sus núcleos restringidos al tráfico. Pueden ser incluso zonas escolares u hospitalarias.

  • Regulación

  • Señalización Cada municipio deberá indicar los límites de dónde empieza y acaba su ZBE, mediante las señales recogidas en el código de circulación.

  • Registro de matrículas Los ayuntamientos contarán con un censo de vehículos autorizados para circular y estacionar en las ZBE en función de su nivel de emisiones.

  • Autorizaciones Se podrá dar permisos a titulares de tarjetas de movilidad reducida o vehículos de servicios públicos, esenciales o críticos. Podrán ser delimitadas para días u horas.

  • Régimen sancionador Infracciones graves. Infringir la norma conllevará una multa de 200 euros. En caso de reincidencia (dos infracciones en un año), tendrá un recargo del 30%.

Según el artículo 6 del borrador, las ZBE deberán estar señalizadas al inicio y a la finalización de la zona. Se deberá recurrir a la señalización prevista por la Dirección Generla de Tráfico (DGT) para indicar la prohibición de la circulación a vehículos a motor contaminantes, excepto aquellos que dispongan del distintivo (pegatina) ambiental indicado por el ayuntamiento. La prohibición podrá ser establecida con carácter general o parcial, bien por meses, días de la semana o incluso horas del día, y deberá indicarse en las señales. Ya sucede en ciudades como Barcelona y Madrid, donde los coches de gasolina matriculados antes de 2001 y los diésel previos a 2006 no pueden acceder a sus núcleos urbanos.

Irun tiene muy avanzado su plan de movilidad de cara a 2023. de la hera

Como toda norma, podrá tener sus excepciones. De este modo, cada ayuntamiento dispondrá de un registro de vehículos que puedan ser autorizados «temporalmente» a acceder, circular y estacionar en las ZBE. En este censo podrían inscribirse aquellos cuyo titular disponga de tarjeta de persona de movilidad reducida (PMR); aquellos de servicios públicos, esenciales o críticos; los que trasladen a personas con enfermedades que les imposibiliten para el uso del transporte público; o los catalogados como históricos. También se habilitarán zonas de reserva de estacionamiento para carga y descarga a las que podrán acceder turismos.

Recargo para reincidentes

El control de acceso a estas zonas se realizará mediante el sistema que decida el ayuntamiento en cuestión: cámaras, videocámaras, dispositivos fijos y móviles, recursos humanos...

El incumplimiento de la normativa conllevará la aplicación del «régimen sancionador previsto en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial». Las infracciones a las normas que regulan las ZBE, tanto por circular como por estacionar en estos espacios sin estar autorizado para ello, serán tipificadas como graves –cuando no sean constitutivas de delito– y conllevarán una multa de 200 euros. En caso de reincidencia –más de una infracción en un año–, el importe podrá incrementarse en un 30%.

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