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La expresidenta del Consorcio de Residuos de Gipuzkoa, Ainhoa Intxaurrandieta, anuncia la paralización del proyecto de incineradora en el solar de Zubieta. Mikel Fraile
La Justicia concluye que Bildu se guió por su interés al paralizar la incineradora

La Justicia concluye que Bildu se guió por su interés al paralizar la incineradora

El Consorcio de Residuos propondrá a su asamblea iniciar acciones legales para exigir responsabilidades

gaizka lasa

San Sebastián

Sábado, 13 de enero 2018, 08:18

El estado de las obras de la incineradora, con la edificación avanzada y grúas especiales aguardando la llegada de los hornos de Alemania, había sepultado el recorrido judicial iniciado a raíz de la paralización del anterior proyecto de Zubieta en 2013. Hasta ayer. La Justicia forzó, como de costumbre, una mirada al retrovisor de la actualidad para determinar quién tenía o dejaba de tener razón en aquel polémico episodio de la rescisión del contrato de aquella primera planta. Y lo que dijo, nuevamente, es que el Consorcio de Residuos de Gipuzkoa -dirigido entonces por EH Bildu- no obró de manera legal al acordar con la UTE adjudicataria dejar sin efecto el contrato de construcción y explotación.

En realidad, lo que hace el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) en el fallo de quince páginas -con fecha de 29 de diciembre de 2017-, al que ha tenido acceso este periódico, no es sino desestimar el recurso de apelación presentado por dos mancomunidades controladas por EH Bildu y confirmar la sentencia del Juzgado de Donostia que decretó la «nulidad de pleno derecho» de aquella rescisión. El alto tribunal vasco ratifica que el Consorcio no debió abortar el proyecto de planta de valorización energética, no porque no tuviera competencia para ello -reconoce que sí la tenía-, sino porque bajo la iniciativa subyacía la intención de «desistir definitivamente» de la construcción de las infraestructuras aprobadas en las Juntas Generales «en el modo que le había sido encomendado».

El Consorcio propondrá a su asamblea el inicio de acciones legales para exigir responsabilidades

El TSJPV viene a decir que la misma paralización hubiera sido legal si respondiera al objeto de «dar una nueva e idónea dimensión a la infraestructura cuya realización se le había encomendado y evitar así los sobrecostes de la misma para las mancomunidades, para posteriormente volver a contratar su ejecución y explotación sin cuestionar las previsiones y determinaciones del planeamiento sectorial y territorial». Sin embargo, considera la sentencia que la finalidad del Consorcio era «suplantar por la vía de los hechos consumados» el modelo de eliminación de residuos imperante -el determinado por el Parlamento de Gipuzkoa- por otro sistema alternativo por un motivo de «disconformidad de sus rectores» con dicho modelo.

La sentencia

  • Competencia El fallo concluye que «resulta de total consistencia que la competencia para resolver el contrato no recaía en las Juntas Generales ni en cualquier otro poder territorial de Gipuzkoa implicado que no fuese el Consorcio de Residuos, en cuyo nombre se licitó y adjudicó por una sociedad instrumental y dependiente del mismo (GHK)».

  • Redimensionamiento La sentencia deja entrever que la paralización hubiera sido legal si su objeto fuera «dar una nueva e idónea dimensión a la infraestructura cuya realización se le había encomendado y evitar así los sobrecostes de la misma para posteriormente volver a contratar su ejecución y explotación».

  • Intencionalidad El TSJPV falla que «la verdadera intención del ente era desistir definitivamente de la construcción de siquiera uno de los elementos claves del Centro de Gestión de Residuos de Gipuzkoa (CGRG) en el modo que le había sido encomendado por la disconformidad de sus rectores con el modelo de eliminación de residuos».

  • Evidencias Critica el «volumen innecesario y perturbador» de documentación aportada porque «basta con atenerse» a cuestiones como «notas de prensa, folletos explicativos, comparecencias públicas...» o la omisión posterior de toda actividad de trámite tendente a recalcular dimensiones y costes».

El Tribunal atribuye a esta finalidad, «de radical y completo apartamiento del modelo al que el contrato se ajustaba», la concurrencia de «desviación de poder» mencionada por la sentencia apelada.

Las claves

  • Objeto de la paralización El TSJPV atribuye al Consorcio la intención de apartarse del modelo dado por las Juntas Generales

  • Apelación El fallo desestima un recurso de las mancomunidades de Tolosaldea y Urola Medio

  • Consecuencias La sentencia abre la vía a nuevas demandas por los perjuicios económicos de paralizar el proyecto

La Justicia reproduce en este último fallo la crítica política vertida sobre EH Bildu consistente en reprocharle la falta de planteamientos constructivos más allá de paralizar lo que se había puesto en marcha. El TSJPV juzga, por tanto, la intencionalidad del Consorcio. Y lo hace en base a «notas de prensa, folletos explicativos, comparecencias públicas y entrevistas», así como a «la omisión posterior de toda actividad de trámite tendente a recalcular dimensiones y costes». Llega incluso a sostener que «hubo de producirse un cambio efectivo por vía electoral de los responsables de esos entes ya a partir de 2015 para que se reemprendiese el proceso de reacomodación de la necesidades de tratamiento de residuos». Son evidencias claras para el TSJPV. Tanto que llega a criticar la excesiva aportación de documentos de los litigantes: 3.200 folios que califica como «volumen innecesario y perturbador».

Cronología

  • 23 de diciembre de 2016 El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Donostia decreta «la nulidad de pleno derecho» del acuerdo de paralización.

  • 30 de enero l TSJPV desestima la solicitud formulada por GuraSOS de paralizar el proyecto de forma cautelar hasta que se diera un proceso participativo.

  • 9 de marzo La Audiencia Provincial de Gipuzkoa desestima un recurso de GHK en tiempos de EH Bildu contra el pago de los swaps y condena a Gipuzkoa a pagar unos 600.000 euros al mes por la cobertura del préstamo de la planta.

  • 28 de marzo El Tribunal Foral de Recursos Contractuales de Gipuzkoa levanta la suspensión de la adjudicación de la incineradora tras desestimar el recurso de FCC.

  • 27 de abril El Tribunal de Cuentas cifra en 46 millones el coste derivado de la decisión de EH Bildu de paralizar la incineradora.

  • 17 de octubre GHK demanda a dos ex altos cargos de EH Bildu ante el Tribunal de Cuentas.

No se espera que la sentencia tenga consecuencias en el proyecto en curso, aunque FCC, adjudicataria de la anterior planta, ya advirtió que reclamaría la validez del contrato en caso de que la justicia confirmara que su rescisión fue nula. Ahora bien, lo hizo cuando el complejo medioambiental aún no se había empezado a construir. Con los trabajos avanzados, su reivindicación parece perder eficacia. Sin embargo, el fallo conocido ayer sí que vuelve a poner sobre la mesa la cuestión de los perjuicios económicos denunciados por el gobierno foral bipartito (PNV-PSE) a raíz de la decisión del anterior Ejecutivo de EH Bildu de paralizar la planta. Los actuales gestores del Consorcio atribuyen directamente a aquella rescisión contractual la deriva económica que ha terminado con un agujero de más de 40 millones de euros en la sociedad foral GHK.

Demanda en curso

Ya han interpuesto una demanda ante el Tribunal de Cuentas de España dentro de un procedimiento de reintegro en el que reclaman la restitución de ese dinero a la expresidenta de GHK, Ainhoa Intxaurrandieta, y al exdiputado foral de Medio Ambiente, Iñaki Errazkin. Los dos ex altos cargos de EH Bildu figuraban, de hecho, en el grupo de personas que presentaron el recurso ahora desestimado, aunque finalmente la parte apelante se ha reducido a las mancomunidades de Tolosaldea y Urola Medio.

El pronunciamiento del TSJPV se antojaba clave para desactivar la exigencia de responsabilidades que pesa sobre ellos, aunque el sentido del fallo no hace sino avalar la tesis de quienes quieren que «no se vayan de rositas», tal y como afirmó en su día el diputado de Medio Ambiente José Ignacio Asensio, (PSE).

EH Bildu defiende la legitimidad democrática de su decisión y anuncia un recurso ante el Supremo

El también presidente de GHK reiteró ayer que «ya es hora de que EH Bildu asuma sus responsabilidades» y anunció que propondrá a la asamblea del Consorcio el inicio de acciones para exigirlas. La vía del Tribunal de Cuentas podría, en este sentido, no ser la única que derivara en demandas contra responsables de la coalición abertzale, según fuentes forales.

EH Bildu anunció ayer pocas horas después de conocer la sentencia que seguirá defendiendo la legitimidad de su decisión y presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. En un comunicado, reafirmó su compromiso «en contra de la incineradora y en la legitimidad democrática de las decisiones adoptadas en la pasada legislatura». Añadió que «una Administración pública debe defender hasta el final los intereses de la ciudadanía, especialmente en dos ámbitos: la protección de la salud y del dinero público». La formación soberanista aseguró que los dirigentes de la Diputación y GHK «actuaron cumpliendo la ley al 100%», que el proyecto estaba sobredimensionado y «suponía un despilfarro de dinero público».

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