El aumento de la vigilancia en nuestras calles mediante dispositivos electrónicos -cámaras fijas o móviles, drones, 'body cams'...- que vemos continuamente en nuestro día a día ha derivado en un mayor número de infracciones respecto a su uso.
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El exhaustivo informe publicado recientemente por el Ararteko, en el que radiografiaba los sistemas de vigilancia de varias localidades vascas, puso de relieve que las instituciones «deben mejorar la regulación, gestión interna y transparencia» sobre estos dispositivos. Asimismo, el Defensor del pueblo vasco reclamaba «que no se abuse de estos sistemas de control, ya que en algunos municipios su uso resulta «intensivo».
En este contexto, las reclamaciones sobre vulneraciones del derecho a la intimidad crecieron en 2022 un 26% respecto al ejercicio de 2021, según los datos de la Agencia Española de Protección de Datos. El mismo ente que en 2022 recibió la mayor cantidad de reclamaciones de su historia, cerca de 16.000, «siendo el porcentaje más alto de ellas el relativo al campo de la videovigilancia», explican desde la AEPD a este periódico. Son, en total, 2.200 quejas solo en el año 2022 por posibles delitos de videovigilancia, un 26% más que en 2021. El incremento se dispara hasta un 85% más en comparación con los datos de 2020.
En consecuencia, el número de procedimientos sancionadores también ha aumentado. A la espera que se haga pública la memoria de 2023, los 164 expedientes de 2022 suponen un 12% más que en 2021 y la subida se eleva aún más, hasta un 57%, en relación a los números de 2020.
Los cambios en el reglamento del marco europeo sobre el tratamiento de la protección de datos imposibilitan saber con exactitud cómo han crecido esas cifras a nivel territorial. Lo que sí se sabe es que en Euskadi «hay expedientes abiertos», afirma Unai Aberasturi, presidente de la Autoridad Vasca de Protección de Datos. «Hablamos de Ayuntamientos que han instalado cámaras de vigilancia sin haber informado correctamente a los vecinos, que no han cumplido con las medidas de seguridad en el tratamiento de las imágenes...», agrega.
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La nueva Ley Orgánica y los recientes cambios en las normativas sobre la protección de datos han despertado el interés en las instituciones, tanto públicas como privadas. La intención por hacer un buen uso de los dispositivos de vigilancia y no incurrir en malas prácticas se ha hecho más patente. «Sí, es cierto que en los últimos meses hemos recibido más llamadas y correos electrónicos en forma de consultas sobre este tema. Las administraciones pueden llegar a tener en ocasiones algo de confusión con las normativas y por eso acuden a nosotros», reconoce el presidente de la AVPD.
Asimismo, esa incertidumbre y ese temor a incurrir en ilegalidades han llegado al ámbito del derecho. El abogado donostiarra Andoni García Imaz, especializado en Derecho Digital y socio fundador del bufete Seinale, indica que «nosotros asesoramos continuamente a este tipo de entes que están interesados en instalar videocámaras de seguridad. Tienen dudas jurídicas y, sobre todo, les faltan certezas sobre dónde pueden colocarlas».
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Ahora bien, ¿está justificada la presencia de estos dispositivos en la vía pública? ¿Estamos sobrevigilados? Son algunas de las cuestiones que abordó también el previamente citado estudio del Ararteko, centrado en un derecho fundamentales de la ciudadanía como es la privacidad.
«La videovigilancia es una medida disuasoria, no es la solución para acabar con la actividad delictiva. Es obvio que ayuda a las administraciones a controlar la delincuencia, pero para reducirla antes habría que promover otras estrategias», subraya el letrado. Las reflexiones de estas voces autorizadas invitan a pensar si somos realmente conscientes de que estamos siendo vigilados prácticamente en cualquier momento. Unai Aberasturi cree que «hay una noción general, sí. Creo que existe esa percepción de estar siendo grabado. Pero más allá de ello el problema es que no sabemos dónde están esas cámaras, para qué sirven, qué derechos tenemos sobre esas grabaciones, etc.».
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En la Autoridad Vasca de Protección de Datos admiten que «hay preocupación por las malas prácticas que puedan registrarse en el campo de la videovigilancia, pero en general podemos corroborar un sentimiento fuerte de responsabilidad por parte de las administraciones públicas por ajustarse a la ley».
En este sentido, uno de los problemas que se han detectado en la AVPD es que «el marco jurídico para regular esta actividad está en muchos casos anticuado, es complejo y cuenta con vacíos legales».
¿Cómo se puede vulnerar el derecho a la intimidad de una persona con una cámara de vigilancia? «Por ejemplo, que el dispositivo capte imágenes que pertenezcan a nuestra vida privada», apunta García, del bufete Seinale. En ese sentido, Aberasturi, máximo responsable de la AVPD, sostiene que «ese es el lado oscuro de la videovigilancia, que se dé el caso de que alguien se pueda sentir coartado. Y en ese choque entre la necesidad de seguridad y la necesidad de la privacidad ha resultado ganadora la seguridad. Es algo que requiere una reflexión crítica».
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El manido caso de Cristina Cifuentes y el robo de dos artículos en un establecimiento de la cadena de súpermercados de Eroski sirve para ilustrar una de las grandes problemáticas en la videovigilancia. ¿Cuánto tiempo se pueden almacenar las imágenes grabadas? «En principio, el tiempo máximo de conservación es de un mes», aclara García Imaz. Es un dato muchas veces desconocido, «pero importante. ¿Qué pasa si sufres una agresión en la calle?», se pregunta el letrado donostiarra, quien recomienda «pedir lo antes posible a las autoridades que consigan cualquier tipo de grabación». Salvo casos extraordinarios, la ley prohíbe conservar esas imágenes más allá de los 30 días citados. Por esta razón fue multada Eroski en el caso de Cifuentes con 30.000 euros.
Mientras el desarrollo de las nuevas tecnologías de vigilancia avanza a una velocidad vertiginosa, provocando que las leyes queden obsoletas antes de lo previsto, la sombra del fantasma de la Inteligencia Artificial se cierne sobre este campo y plantea nuevos escenarios. «Nos va a tocar afrontarlos. No es un tema nuevo para nosotros y estamos pendientes de ello», reconoce Unai Aberasturi.
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«Que el marco regulador no permita saber cuándo se puede usar esta herramienta en el ámbito público plantea problemas», explica el presidente de la AVPD. Ya se habla, por ejemplo, de proyectos futuros como la Policía Predictiva, un cuerpo de seguridad con el fin de predecir patrones de delitos gracias a la utilización de la IA. «Es indispensable que cuando lleguen esos proyectos sean correctamente analizados y fiscalizados». Andoni García, experto en Derecho Digital, avanza que «el reglamento de la IA en la Unión Europea está a punto de aprobarse. Pero está claro que es algo que va a plantear unos retos enormes en el campo de la videovigilancia».
Un simple error en la señalización de una zona videovigilada puede derivar en una denuncia, como le pasó al Museo San Telmo de Donostia. La memoria de la antigua Agencia Vasca de Protección de Datos -convertida en Autoridad desde 2023- del año 2022 recoge la denuncia de un particular «por la ausencia del cartel informativo en una exposición en la que hay cámaras de videovigilancia».
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En la respuesta ofrecida por el Ayuntamiento de Donostia y en las evidencias fotográficas adjuntas, quedó demostrado que sí existía dicho cartel, «pero la referencia legal estaba desactualizada». A raíz de la queja, se corrigió este aspecto y se decidió archivar la denuncia.
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