La Policía Foral realiza un control en la frontera entre Gipuzkoa y Navarra. Lusa

Las reuniones en casa se limitan a convivientes durante todo el puente

Las medidas generales publicadas para el puente de San José entran en vigor este miércoles y son de «obligado» cumplimiento para las comunidades autónomas

Iraitz Vázquez

San Sebastián

Miércoles, 17 de marzo 2021

Hasta que termine el puente de San José el día 21 solo se podrán reunir convivientes en los domicilios. Este pasado miércoles han entrado en vigor las medidas publicadas por el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado día 12 y que acordaron las comunidades autónomas en el consejo interterritorial de la semana pasada.

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El texto recoge que la situación actual, pese a ser «mejor que en enero y febrero», «nos obliga a ser extremadamente cautelosos a la hora de mantener las medidas de limitación de actividades no esenciales y de control de la movilidad de cara a los días festivos con motivo de la festividad de San José y de la Semana Santa». Unas medidas apoyadas por «la información procedente de los estudios epidemiológicos sobre el comportamiento de la enfermedad». El lehendakari Iñigo Urkullu ya ha advertido de que Euskadi se podría enfrentar en peor situación a una cuarta ola por lo que adopta medidas más restrictivas de las que determina el BOE.

Así, el BOE fija un «marco común» de medidas básicas «durante el periodo comprendido entre el 17 y el 21 de marzo de 2021 en aquellos territorios en los que sea festivo el día 19 de marzo; y desde el 26 de marzo al 9 de abril de 2021, en todo el territorio».

Medidas de obligado cumplimiento:

Limitación de movilidad territorial

La movilidad estará limitada por el cierre perimetral de todas las comunidades.

Limitación de movilidad en horario nocturno

Se limitará el derecho de movilidad nocturna como máximo a partir de las 23.00 horas y hasta las 6.00 horas. En Euskadi el toque de queda estará vigente desde las 22.00 hortas y los establecimientos hosteleros deberán echar la persiana a las 20.00 horas.

Limitación de la permanencia de grupos de personas

Se limitará la permanencia de grupos de personas a un máximo de cuatro en espacios públicos cerrados y seis en espacios públicos abiertos, salvo que se trate de convivientes. En espacios privados las reuniones se limitarán a convivientes. Euskadi también añade una modificación en esta medidas. Tanto en espacios públicos como abiertos solo se podrán reunir cuatro personas

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