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Jon Agirre y X. Garmendia
Donostia
Martes, 20 de febrero 2024, 01:00
El Gobierno Vasco ya tiene listo el nuevo decreto para la normalización del uso del euskera en el Sector Público Vasco, un texto que ... actualiza la norma anterior de 1997 y en sus 57 páginas aporta dos principales novedades: recoge que la opción de que las entidades del sector público «puedan determinar la realización obligatoria de la prueba, o alguna parte de ella» en euskera en aquellos casos en los que su conocimiento sea preceptivo; y reforma los perfiles lingüísticos para aumentar su uso en la administración y garantizar así que sea «lengua de servicio y trabajo de uso normal» en la relación con la ciudadanía y «sin perjuicio del castellano». Estaba previsto que el nuevo decreto fuera aprobado en el Consejo de Gobierno de este martes, pero no podrá ser, ya que la reunión ha sido aplazada por el delicado estado de salud de la madre del lehendakari, Iñigo Urkullu, que se encuentra hospitalizada.
El texto definitivo para su aprobación en el Consejo de Gobierno llega después de dos procesos de recogida de aportaciones. El pasado junio la viceconsejera de Política Lingüística, Miren Dobaran, señaló en el Parlamento Vasco que el objetivo de tantas consultas respondía al deseo de «acertar» y lograr «el mejor texto posible». En su comparecencia aseguró que el texto sería «factible y realista» y que tendría en cuenta que «un tercio de la población es euskaldun» y que el 50% de las consultas que la ciudadanía hace llegar a las administraciones son en euskera.
Dos de las principales novedades que aporta el nuevo decreto respecto a la norma de 1997 son «las asimetrias» o los nuevos perfiles lingüísticos y la opción a que las OPEs, o al menos parte de ellas, se hagan en euskera.
OPEs en euskera. El artículo 39 del texto definitivo, que se llevará al Parlamento Vasco para su aprobación, recoge la opción de que las entidades del sector público «puedan determinar la realización obligatoria de la prueba, o alguna parte de ella» en euskera en aquellos casos en los que su conocimiento sea preceptivo o en los casos en los que las funciones estén «ligadas al proceso de normalización lingüística» . Una especificación que según la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi (COJUAE) «tiene sus dificultades», ya que estas pruebas no están destinadas a la «acreditación del perfil lingüístico». Así, en su dictamen IVAP apunta que «sería más sencillo formular una prueba específica de contraste».
Exenciones. La acreditación de los perfiles lingüísticos también recoge supuestos de exención para los titulares del puesto de trabajo. En primer lugar, quienes superen los 45 años al inicio de cada período de planificación; en segundo, aquellos que no han alcanzado cierto nivel de estudio –Bachiller Elemental, Educación General Básica o Educación Secundaria Obligatoria–; en tercero las personas con discapacidad que tengan «dificultades en el aprendizaje del euskera»; y, por último, las personas en las que concurra «carencia manifiesta y contrastada» de las destrezas para aprender un idioma mediante los programas de formación dirigidas a personas adultas.
Nuevos perfiles lingüísticos. Entre los contenidos del texto, se establece una reforma de los perfiles lingüísticos actuales para aumentar el uso del euskera en la administración y se crean perfiles asimétricos, es decir, que en determinados puestos se puedan diferenciar los niveles de expresión oral y escrita según las necesidades de cada puesto. Así, cuando las funciones sean «esporádicas o poco habituales» la destreza escrita será de A2; cuando el trabajo exija expresión oral «habitual» el perfil será un B2 y cuando estén ligadas al proceso de normalización lingüística será un perfil C2. También se activan nuevas formas de acreditar el conocimiento de la lengua, como realizar las pruebas de acceso en euskera sin necesidad de presentar al margen un título oficial que certifique el nivel.
Ámbito de actuación. El decreto para regular la normalización del uso del euskera en el sector público vasco busca actualizar una norma que lleva casi 30 años vigente y que incumbe a unos 150.000 empleados públicos. El texto se da un plazo de 10 años para «garantizar la atención a la ciudadanía» en euskera.
Lengua de trabajo. Las disposiciones generales del decreto ahondan en el compromiso adquirido por el Gobierno Vasco con la Ley de Empleo Público Vasco de 2022 en «la normalización lingüística del uso del euskera» para «garantizar» que el el idioma sea «la lengua de servicio y de trabajo de uso normal y general» en las actividades de la administración. Eso sí, también apunta que este se adaptará a las características propias de cada entidad del Sector Público Vasco y cada una deberá realizar un diagnóstico y un plan estratégico en el primer año con vistas a un periodo de cinco.
Relación con la administración. El principio de normalización del uso del euskera estará inspirado por el «principio de no discriminación» y en el trato directo que la ciudadanía tenga con la administración se garantizará «el uso normal del euskera, sin perjuicio del castellano». Así, «las comunicaciones y notificaciones» serán en la lengua oficial elegida por la persona física o jurídica. Para ello, subraya que «todas las personas al servicio de las entidades del sector público vasco deben tener la capacidad comunicativa mínima» para poder atender a la ciudadanía y que se impartirán formaciones.
Comisión Hakoba. El artículo 44 establece la creación de la Comisión de Coordinación de las Administraciones Públicas (HAKOBA) para «coordinar» la actuación institucional en el ámbito de la normalización lingüística e «identificar las actuaciones prioritarias» y desarrollarlas de forma coordinada.
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